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El DANE milagroso: confiamos hasta que no confiamos

25 de septiembre de 2026 - 12:00 a. m.

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Mientras más información concentra el DANE, más necesitamos confiar en su independencia. La Ley 2335 de 2023 le reconoce autonomía técnica y profesional precisamente para garantizar que la producción y difusión de las estadísticas oficiales estén libres de injerencias políticas. Por eso, las circunstancias de la insubsistencia de Ricardo Valencia no se reducen a si podía hablar con la prensa: impactan también la confianza en el DANE ¿Podemos confiarle información cada vez más sensible?

Más allá de si el presidente puede, debe o le conviene organizar las comunicaciones de sus ministros –a través de instrumentos como la Circular Presidencial 001–, no puede hacerlo respecto de una entidad a la que la ley reconoce independencia precisamente para producir y difundir información pública. Es la eterna diferencia entre Estado y Gobierno. Si no defendemos la autonomía técnica y profesional del DANE, ¿dónde queda la confianza en que sea garante del secreto estadístico?

La Ley 2335 establece una protección: los datos individuales que permitan identificar directa o indirectamente a una persona o entidad están sometidos a reserva y los recogidos exclusivamente con fines estadísticos no pueden utilizarse para investigaciones, fiscalización, vigilancia, procesos judiciales o decisiones administrativas sobre una persona. Es una protección necesaria y de larga tradición en Colombia, que es cada vez más importante a medida que crece la capacidad del DANE para recoger, almacenar, cruzar, analizar información e, incluso, compartirla con otros.

El DANE no solo produce estadísticas mediante encuestas y censos. La Ley 2335 consolidó un sistema que permite aprovechar registros administrativos, intercambiar microdatos entre integrantes del Sistema Estadístico Nacional y usar fuentes alternativas. Esa infraestructura trae beneficios, pero también concentra capacidad para obtener mucha información a partir de datos dispersos y, por tanto, amplía los riesgos.

En 2020, la autoridad estadística argentina anunció que pediría el DNI en el censo, presentó como antecedente el censo colombiano de 2018. Allá se preguntaron: ¿es necesario identificar individualmente a toda la población para obtener los beneficios estadísticos buscados? La preocupación era el riesgo para la privacidad de centralizar un identificador individual junto con información censal, especialmente en poblaciones vulnerables. El debate llevó a retirar el DNI del cuestionario definitivo.

En Colombia no existe discusión pública equivalente. ¿Qué beneficios estadísticos existen para conservar el número de cédula que no puedan obtenerse mediante identificadores estadísticos o técnicas de seudonimización? La diferencia importa porque la cédula no solo nos identifica, también permite potencialmente vincular la información censal con otras bases administrativas. Después del Censo de 2018, como parte del proceso de calidad de los datos, el DANE cruzó información de identificación con la Registraduría y, también con otras bases administrativas.

La ley de 2023 fue más lejos, autorizó al DANE a utilizar fuentes alternativas, como registros de teléfonos móviles, datos de sensores remotos o directos, transacciones y redes sociales. Así, el censo dejó de ser un ejercicio periódico de conteo y se convirtió en un nodo de una infraestructura estatal de datos. Sin embargo, no se discute, ¿cuánto aumenta esta capacidad de procesamiento?, ¿qué riesgos aparecen cuando la cédula permite cruces con otras bases administrativas?

Hasta ahora, cuando cuestiono estas facultades, la respuesta es la solidez, autonomía y responsabilidad técnica y profesional del DANE, que se garantiza con el secreto estadístico y así conjurar los riesgos. Esa respuesta mira solo una dimensión del problema y, sin embargo, es la que sustenta todo el andamiaje.

Antes del despido de Valencia ya la Patria Milagro había levantado la reserva estadística. El Decreto Legislativo 1385 de septiembre pasado, que declaró la emergencia por el terremoto de agosto, introdujo una excepción: el DANE puede suministrar a las entidades responsables de la atención, recuperación y reconstrucción información bajo reserva estadística. No minimizo la necesidad de medidas extraordinarias ante una tragedia como esta. Pero, como advertía la anterior directora en entrevista para A Fondo, Colombia enfrenta este tipo de tragedias con regularidad y no son comparables con una emergencia global como la pandemia, que había sido el único otro evento que, durante la última fase del DANE, justificó tal excepción. Tampoco me tranquiliza que el director destituido asegure, en la misma entrevista, que el decreto preveía que los datos no se comercialicen. La pregunta es quién puede acceder a ellos, para qué y bajo qué controles. Al final, lo único que materializa la letra de la ley es la confianza en el DANE.

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Entonces, seguiré cuestionando el poderoso nodo en la infraestructura estatal de datos que usa nuestra cédula como identificador individual para ampliar sus facultades y nos promete cuidarlo con el secreto estadístico y no abusar porque es un ente técnico. Si el Estado quiere que los ciudadanos entreguen información altamente sensible confiando en que el DANE es una institución técnica, su independencia frente al Gobierno no es un adorno institucional: es parte de la arquitectura de confianza que legítima esa enorme concentración de información.

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