En un reciente artículo de la revista Science (traducción en español), varios académicos y académicas del mundo explican cómo el derecho de autor que no se actualiza representa una barrera para el análisis computacional para grandes volúmenes de información. Indican que los países que quieren impulsar su sector científico aprovechando la minería de textos y datos -que es un primer paso crucial para el aprendizaje automático y por tanto para aplicaciones de inteligencia artificial- deben ajustar su legislación de propiedad intelectual.
La Inteligencia Artificial, que significa aprovechar computadoras y máquinas para imitar las capacidades de resolución de problemas y la toma de decisiones de la mente humana, requiere de implementar técnicas como la minería de textos y datos (TDM por sus siglas en inglés, Text and Data Mining). Quienes se dedican a la investigación con TDM recopilan vastas cantidades de material digitalizado y utilizan programas informáticos para analizar y extraer información del mismo.
Esta modalidad de investigación se usa para importantes iniciativas privadas como construir potentes motores de búsqueda en internet o la posibilidad de entrenar un robot de chats para responder una línea de atención al cliente en el sector salud. Pero también se usa para responder importantes desafíos científicos y sociales muy actuales que van desde la predicción y el seguimiento de enfermedades infecciosas como la COVID-19 hasta la lucha contra el discurso del odio y la desinformación en internet.
Hablemos de ciencia. El artículo nos permite establecer que los países de América Latina estamos más rezagados en nuestra capacidad para investigar con herramientas de Inteligencia Artificial. Porque no solo se trata de que no contamos con los recursos (económicos o humanos) suficientes para hacerlo, es además que no contamos con un sistema legal habilitante. Las investigaciones que requieran TDM necesitan copiar, compartir y procesar grandes cantidades de materiales (bases de datos, textos, imágenes, videos, etc) que pueden estar protegidos por derechos de autor.
Esta es una importante barrera. No es posible gestionar las autorizaciones individuales para hacer la investigación, sin la autorización del titular de los derechos no se debe avanzar a menos que se tenga la excepción legal necesaria. Sin una excepción legal buena parte del material mundial protegido quedará fuera de los límites del uso del TDM.
Los investigadores cuentan en el artículo que la legislación más flexible y abierta se concentra en algunos de los países más ricos, mientras que los más pobres tienen leyes de derechos de autor más restrictivas. La falta de excepciones para la investigación basada en TDM agrava la disparidad del sistema de investigación mundial y afecta por tanto el derecho a la ciencia.
Los métodos o herramientas de inteligencia artificial ya se usan en el sector público y privado de nuestra región y se vienen incorporando en la política pública. El principal esfuerzo de política pública no ha sido para enfrentar los desafíos por posibles impactos negativos del despliegue de inteligencia artificial. Como en el resto del mundo, nuestros reguladores han empezado a abordar la inteligencia artificial a través de instrumentos para impulsar su desarrollo y uso.
Así es como los países de América Latina avanzan aprobando planes o estrategias nacionales y marcos éticos que, sin embargo, no han hecho análisis más profundos ni tomado medidas sobre las necesidades de ajustes legales para garantizar un entorno que facilite estas prácticas. Hasta la fecha en la región, sólo Brasil ha advertido este problema y discute incluir una excepción en su estrategia nacional sobre inteligencia artificial.
Hay dos formas en que como simples personas interesadas podemos trabajar en buscar un entorno de investigación más equitativo:
Primero, buscar que los países apoyen el llamado que hizo recientemente el grupo africano en la OMPI a trabajar hacia un instrumento internacional sobre limitaciones y excepciones de los derechos de autor, que incluya lenguajes sobre “promover la adaptación de las excepciones al entorno en línea y transfronterizo, por ejemplo, permitiendo la enseñanza , aprendizaje e investigación a través de herramientas digitales y en línea”.
Segundo, como actualmente nuestras leyes de derechos de autor no tienen excepciones de investigación, que sean adecuadas para este propósito, se debe impulsar que los países modifiquen sus sistemas nacionales de derecho de autor. En términos del artículo: “es importante que una excepción de TDM se aplique a los usos de todo tipo de obras (incluidas las obras audiovisuales utilizadas en el monitoreo de medios, por ejemplo) y que permite compartir materiales al menos para el propósito de colaboración y validación”.
Estas dos estrategias se combinan porque ya sabemos que en materia de derecho de autor se implementan y masifican con facilidad las protecciones para quienes son titulares de derechos patrimoniales, mientras que las medidas que se ocupan de las garantías del interés público suelen quedar rezagadas.
Sin excepciones al derecho de autor para TDM hay problemas legales para la comunidad científica, se bloquean proyectos y se dificulta que los buenos propósitos de los planes nacionales de inteligencia artificial se materialicen en uno de los sectores que busca resultados para el bien común.
Aprovecho esta oportunidad para pedir a los y las investigadoras que analicen este tema, identifiquen las preocupaciones y necesidades de su sector y hagan oír sus voces en los espacios nacionales e internacionales donde las leyes de derechos de autor pueden ser modificadas.
Por ejemplo, en Colombia es un tema que se debería llevar a la audiencia que de acuerdo con la Ley 1915 de 2018 debe hacer la Dirección Nacional de Derecho de Autor, cada tres años para analizar las necesidades que hay en Colombia en materia de excepciones y limitaciones -audiencia que por cierto está pendiente desde 2021-.
Sigan el tema con la etiqueta #DerechoAinvestigar en redes sociales, varias organizaciones de la región estaremos hablando de este tema.