Lo recaudará el Centro Colombiano de Derechos Reprográficos (CDR) a Instituciones de Educación Superior por el uso de material protegido por derecho de autor en el entorno digital.
Dicen que es "evolución del reconocimiento de derechos de autor que ya se hace por libros físicos, fotocopiados y libros electrónicos". ¡Atención! Una evolución exagerada desconocería que al actualizar el derecho de autor frente a la tecnología digital debe garantizarse también el acceso al conocimiento, ciencia y cultura. Es impensable que los profesores no puedan usar textos, mapas, fotos, etcétera, para enseñar a nuestros hijos sin ser ilegales. Imaginen una sociedad donde el maestro decida el material que usa en función de si hay, o no, dinero para la licencia (no digo copiar un libro comercial completo, sino usar fragmentos en el proceso educativo, por ejemplo). Al limitar la capacidad de acceder a la información se viola la libertad de expresión. Tal vez no habíamos pensado en esto antes, pero ahora tocará el bolsillo.
Hace una década el Director de la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) de la época decía: "en Internet el derecho de los autores no tiene excepciones, teniendo éstos el pleno control sobre su obra". Aunque en recientes conceptos la DNDA ha moderado su postura, evidentemente, es insostenible. Se requiere una reforma legal con garantías para una educación acorde con la realidad digital. Debe poder usarse fragmentos de obras en aulas virtuales como se hace en las análogas, sin pago.
Además, las sociedades de gestión colectiva, como el CDR, tienen un marco jurídico limitado y solo pueden cobrar por quienes les dan mandato. Deben ser cuidadosas de no extralimitar su función de recaudo legítimo de ingresos para autores (ya ha sido abusada, como lo muestran crisis en España, Perú, Brasil o la que llevó recientemente a que la DNDA asumiera el control de Sayco).
Aun sin la deseable garantía, no pueden pedir por pedir. Por ejemplo, no pueden cobrar por materiales que produce la propia institución, sus propios maestros, y que están en repositorios institucionales en Acceso Abierto.
CDR recibirá importantes recursos, podemos analizar el alcance de sus facultades (hay usos que no les corresponde cobrar), debemos monitorear cómo cobran, administran y reparten esos recursos, y, claramente, exigir transparencia.