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Colpensiones, el código electoral y la salud mental

Cartas de los lectores

12 de julio de 2023 - 09:00 p. m.

Sobre un editorial

Con referencia al editorial del 26 de junio, respecto al Código Electoral, les recomiendo considerar que el texto aprobado por el Congreso aún debe pasar por revisión en la Corte Constitucional. En esa instancia deberán revisarse tanto los aspectos de fondo como de forma. Estos últimos son particularmente importantes, teniendo en cuenta que el anterior proyecto de Código Electoral no superó el examen de constitucionalidad por vicios de trámite. En ese sentido, todavía no es posible afirmar que el país cuenta con un nuevo Código Electoral.

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Gerardo Andrés Hernández Montes, director ejecutivo de Transparencia por Colombia.

Medianamente se habla de salud mental

Mientras miles de personas no encuentran una cita en psicología para antes de dos o tres meses...

Mientras toda la atención prestada se limite a un par de citas de 20 minutos, nada más…

Mientras importe más el número de personas atendidas que el número de personas entendidas...

Mientras se diga que hubo atención mental, pero no hay diagnóstico, evaluación ni tratamiento terapéutico...

Mientras los sistemas de atención mental no cuenten con profesionales calificados y suficientes...

Mientras la muy promocionada atención integral en salud mental se limite al criterio médico y psiquiátrico, donde atender es formular, porque no hay tiempo para entender a nadie…

Mientras los sistemas de salud mental nieguen la urgente necesidad de atención mental de millones de ciudadanos abandonados a su propia suerte...

Mientras tanto…

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Seguirán creciendo los índices de depresión, suicidio, abuso sexual, maltrato, alcoholismo, drogadicción, violencia, delincuencia y demás problemáticas complejas que terminan afectando la convivencia familiar, la seguridad y el bienestar de todos los ciudadanos, sin excepción.

César Virgilio Moreno Torres, psicólogo clínico y social.

Sugerencia para Colpensiones

Así como la DIAN ha aprobado alivios a los deudores morosos en varias oportunidades, Colpensiones debería considerar un alivio en los intereses de mora para aquellos empleadores que se encuentren atrasados en el pago oportuno de la seguridad social. Muchos empleadores se encuentran en deuda con Colpensiones por no cubrir a tiempo la obligación respectiva, lo que se llama el período omiso. Si Colpensiones otorga un alivio en los intereses de mora, seguramente numerosos empleadores se acogerían a la amnistía y se pondrían al día en sus contribuciones, lo cual redundaría al final en beneficio del trabajador que podrá acceder a una pensión digna al completar tanto las semanas cotizadas como la edad requerida.

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Rodrigo Jaramillo Correa.

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