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Sobre comentarios en la página web
En un artículo del 4 de agosto, en la sección Salud, titulado “Nacimientos en niñas menores de 14 años aumentaron en Colombia durante 2021”, expuse mi punto de vista:
“¿Acaso tener relaciones sexuales con menor de edad no es un delito punible y tipificado en el Código Penal colombiano? ¿Acaso eso no es una violación? ¿Dónde están la justicia y los entes que amparan a la niñez en Colombia?”. Hice varios comentarios y todos fueron deshabilitados. Si mis opiniones han sido respetuosas, pues no estoy irrespetando a nadie, ¿por qué me las inhabilitan? ¿Las personas que procesan esos filtros de censura piensan que son inmorales? Me encantaría que dieran una respuesta a mi reclamo. ¿No es que acaso estamos tratando de quitar la mordaza tanto para la prensa como para sus lectores? No olvidemos que el ejemplo empieza por casa.
Édgar Trujillo.
Sobre planificación familiar
Desde 1969, en Colombia se recomienda que las parejas planifiquen su familia. Recuerdo que en 1960, siendo presidente de Colombia el siempre bien recordado señor don Alberto Lleras Camargo, se comenzó a hablar en público de la necesidad de controlar la natalidad. La Iglesia católica se opuso radicalmente porque el control natal podría ser un aborto disimulado y porque las parejas debían tener tantos hijos cuantos Dios les diera.
En 1966 se creó Profamilia. Las críticas en su comienzo fueron devastadoras y desde entonces entendemos que “la planificación familiar es el conjunto de prácticas que pueden ser utilizadas por mujeres y hombres para el control de la reproducción, con el objeto de decidir el número y espaciamiento de hijas e hijos que se desean tener”.
Es posible que desde comienzos de 1970 se haya establecido en los colegios y escuelas la clase de comportamiento y salud, que tenía un alto impacto en la planificación familiar. Hoy se enseñan los fundamentos del ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos, tema que genera debates. Lo enuncio para que ustedes opten por la mejor idea que corresponda.
En la Constitución de 1991 se ordena que los progenitores deben (debemos) ser responsables. También deben (debemos) ser responsables los abuelos, y esa responsabilidad se demuestra teniendo solo los hijos que se puedan criar y educar con la garantía mínima de los derechos fundamentales que permitan una vida digna, derechos que consagra el art. 44 de la Constitución.
Respetuosamente sugiero que todo el mes de agosto sea dedicado a la planificación familiar en sentido amplio: planificar la empresa familiar y que sea política de Estado buscar cero embarazos adolescentes y cero embarazos no deseados.
Carlos Fradique-Méndez
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