El Ministerio de Salud acaba de sacar la Resolución 051 de 2023, sobre aborto que ratifica y unifica todas nuestras victorias colectivas. Con esta resolución el Ministerio no se está inventando nada nuevo: las menores de 14 años siempre, o bueno, al menos desde 2006, han podido abortar sin permiso de sus padres, pues se asume por su edad que el embarazo es fruto de una violación y entra dentro de las causales, es algo que ya etaba estipulado. Lo novedoso es tener un documento que deje claro y unifique cómo debe prestarse este servicio en cada rincón de Colombia.
No es un avance menor, uno de los grandes problemas de implementación que hemos tenido desde la Sentencia C-355 de 2006 es que no hay un estándar para la prestación del servicio y esto permite que muchos médicos o entidades lo nieguen arbitrariamente o maltraten y hasta criminalicen a quienes lo necesitan. Hubo intentos. Por ejemplo, la Superintendencia Nacional de Salud expidió la Circular 03 de 2013 que reitera las obligaciones que ha establecido la Corte Constitucional a los prestadores de salud y advierte que puede imponer sanciones a quienes incumplan, pero es claro que estos esfuerzos no han sido suficientes. En la práctica las causales no se respetaban, se imponían barreras, se negaban abortos y se aplicaban las llamadas rutas de desistencia para que quien solicitaba el aborto desistiera de abortar. Hacía falta una resolución del ministerio, máxima autoridad del sector salud en Colombia, que recogiera y unificara la jurisprudencia existente en materia de aborto en el país y aclarara y despejara toda duda para que el personal de salud no tuviera forma de negar este servicio esencial de salud, que es también un derecho.