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El aborto sigue siendo un derecho fundamental en Colombia

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Catalina Ruiz-Navarro
23 de junio de 2023 - 02:05 a. m.
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La semana pasada la periodista Luz Helena Fonseca publicó un trino malinformando que el aborto en Colombia había dejado de ser un derecho fundamental vía un fallo de tutela, y luego fue retomado por varios medios de comunicación, lo que generó muchísima desinformación sobre un tema tan delicado como el derecho a la salud de las mujeres, niñas y personas trans y no binarias que necesitan el derecho al aborto.

El tuit se refería al fallo T-158/23, el caso de una mujer indígena que quedó embarazada y la IPSI Totoguampa le negó el derecho al aborto cuando lo solicitó, teniendo 10 semanas de gestación. La IPSI solicitó la aprobación de las autoridades del resguardo indígena y estas no la dieron, argumentando que iba en contra de sus usos y costumbres. Sin embargo, la garantía de derechos fundamentales como la vida y la salud, que no pueden garantizarse plenamente sin el derecho a decidir, está por encima de los usos y las costumbres de una comunidad. De hecho, la gran mayoría de nuestros usos y costumbres, tanto en comunidades indígenas como blanco-mestizas, son machistas y no suelen garantizar los derechos de las niñas, mujeres y personas trans y no binarias. La mujer entuteló a la IPSI y finalmente le otorgaron su derecho a interrumpir su embarazo, pero este ya estaba muy avanzado y la mujer tuvo miedo, es decir que la consecuencia directa de este intríngulis legal fue obligar a una mujer indígena a la maternidad forzada.

Pero la interpretación de Fonseca estaba equivocada. Si bien es cierto que el fallo dice que “el aborto no es un derecho fundamental”, eso contradice la propia jurisprudencia que la Corte Constitucional ha estado construyendo en los últimos 20 años. Al anunciar este fallo de tutela sin el contexto jurídico, la periodista dio a entender que la Corte habría reversado la histórica sentencia C-055/22, que despenaliza el aborto hasta la semana 24 y mantiene las causales establecidas en la sentencia C-355/06. Pero resulta que estas dos sentencias fueron emitidas por la sala plena, por los nueve magistrados que la integran, y son sentencias constitucionales, es decir que revisan si una ley o norma es o no compatible y acorde con la Constitución. Estos fallos aplican de forma inmediata para toda la ciudadanía y nos dieron el derecho a decidir sin que tuviéramos que esperar a un proyecto de ley que pasara por el Congreso. Eso pesa mucho más que una sentencia de tutela, en donde apenas intervienen tres magistrados y solo aplica para las partes involucradas. Por lo tanto, las sentencias constitucionales que garantizan el derecho al aborto siguen vigentes.

Ahora bien, aunque el derecho a decidir se mantiene en firme, esta debe ser una señal de alerta. Antes de conocer la sentencia T-158/23 se conoció la T-430/22, de corte muy similar, y ambas son un problema y también un absurdo, porque al desconocer la jurisprudencia previa confunden y ponen en peligro la salud de las personas que abortan en Colombia. El movimiento Causa Justa ya pidió la nulidad de ambas sentencias de tutela y la Corte ha anunciado que esta semana hará una aclaración al respecto, pero además del proceso legal tendremos que lidiar con el daño y los riesgos para la salud que puede provocar una noticia falsa como que el aborto ya no es un derecho en Colombia. Por eso el periodismo no se trata solo de dar a conocer unos hechos; informar con responsabilidad implica poner esos hechos en contexto para que la ciudadanía pueda entender de una forma clara cómo la afectan.

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Eduardo(7668)23 de junio de 2023 - 08:58 p. m.
La tal sabiduría ancestral es ignorancia reaccionaria.
Atenas(06773)23 de junio de 2023 - 11:59 a. m.
catalinapordios te sugiero leer el editorial de hoy, en el cual, de forma más ponderada y sazonada, arguyen mejor sobre la confusión q’ impera en otra de esas flamantes cortes, de las tantas q’ hay, y en cuyo texto el editorialista no incurre en señalamientos personales y anodinos como los q’ hacés vos con evidente muestra de ordinariez.
  • Atenas(06773)23 de junio de 2023 - 02:25 p. m.
    Fe de erratas: catalinapordios....,..... Atenas.
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