El comienzo y el final de la dignidad humana
Este año la Corte Constitucional colombiana ha tenido entre manos dos discusiones claves para garantizar la autonomía y el derecho a la vida de las personas: aborto y eutanasia.
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Este año la Corte Constitucional colombiana ha tenido entre manos dos discusiones claves para garantizar la autonomía y el derecho a la vida de las personas: aborto y eutanasia.
En julio la Corte emitió un fallo histórico a favor de garantizar una muerte digna. La sentencia, que estuvo a cargo de la magistrada ponente Diana Fajardo y tuvo seis votos a favor y tres en contra, dice que el “homicidio por piedad”, del que habla el artículo 106 del Código Penal, ahora no será considerado delito si es efectuado por un doctor con el consentimiento libre e informado del paciente que padezca un intenso sufrimiento psíquico o físico: “En el marco del respeto por la dignidad humana, no puede obligarse a una persona a seguir viviendo cuando padece una enfermedad grave e incurable que le produce intensos sufrimientos, y ha adoptado la decisión autónoma de terminar su existencia ante condiciones que considera incompatibles con su concepción de una vida digna”.
Este fallo avanza la sentencia del mismo tribunal en 1997 que garantizaba el derecho a morir dignamente solo a pacientes terminales. La Corte también exhortó al Congreso para que avance en la legislación. En su comunicado dijo que la autonomía es una manifestación de la dignidad humana y reiteró algo que venía diciendo desde 1997: “El derecho a la vida no puede reducirse a la mera subsistencia biológica, sino que implica la posibilidad de vivir adecuadamente en condiciones de dignidad, y el Estado no cumpliría con su obligación de proteger el derecho a la vida cuando desconoce la autonomía, la dignidad de las personas y la facultad del individuo de controlar su propia vida”.
Los argumentos que se presentan en el nuevo fallo sobre eutanasia aplican perfectamente al debate del aborto, porque en esencia ambas discusiones se tratan de la autonomía corporal: ¿quién decide cuándo y cómo vivimos nuestras vidas? ¿En qué circunstancias perdemos autonomía sobre nuestro cuerpo y empieza a decidir el Estado?
Como con el aborto, la eutanasia estaba despenalizada en Colombia bajo un caso específico (el diagnóstico de una enfermedad terminal), pero la sentencia señala que ese delito causaba una confusión que dificultaba el acceso. Eso es lo mismo que en estos momentos argumenta la demanda de Causa Justa para sacar el aborto del Código Penal, que también está estudiando la Corte Constitucional.
Cuando las mujeres defendemos nuestro derecho a decidir, lo que estamos diciendo es que merecemos vidas que valgan la pena ser vividas. Decidir sobre nuestros cuerpos es defender nuestro derecho a la vida, pues no se trata solo de respirar, se trata de que tengamos la posibilidad de cumplir con nuestros sueños y de darle un sentido propio a nuestra vida que no sea impuesto desde afuera por miembros de nuestra familia, la sociedad o el Estado. Cuando mujeres y niñas son sometidas a la maternidad forzada por no poder interrumpir un embarazo no deseado, les estamos quitando la facultad para controlar sus propias vidas y, con ella, la autonomía necesaria para poder vivir una vida digna.
Martha Sepúlveda, una paciente con esclerosis lateral amiotrófica, había logrado la aprobación de un procedimiento de eutanasia por parte de la IPS Incodol, pero horas antes de la intervención la IPS la canceló argumentando que no conocían el contenido del fallo. Colombia necesita dar un debate amplio sobre la autonomía para que las personas antiderechos, que de la manera más cruel limitan el acceso al aborto y a la eutanasia, no puedan seguir aprovechando la desinformación para vulnerar nuestros derechos.