La semana pasada Estados Unidos le mostró al mundo que los derechos adquiridos no se pueden dar por sentados. En 1973 la Corte Suprema de ese país despenalizó el aborto voluntario gracias a un equipo de abogadas recién graduadas de la Universidad de Texas: Linda Coffee y Sarah Weddington llevaron ante el tribunal el caso de una mujer que tuvo un embarazo no deseado. El fallo fue histórico además porque afirmó que “el aborto debe ser permitido a la mujer, por cualquier razón, hasta el momento en que el feto se transforme en ‘viable’, es decir, sea potencialmente capaz de vivir fuera del útero materno, sin ayuda artificial”.
Roe vs. Wade resistió 50 años de embates por parte de los antiderechos, hasta que la semana pasada, también en Texas, pasó una prohibición al aborto después de las seis semanas —cuando la mayoría de las mujeres apenas están notando el embarazo—. Además, autoriza a cualquier persona de la ciudadanía interponer demandas contra cualquiera que reciba o practique un aborto, o que asista de alguna manera la interrupción, es decir, se puede demandar hasta al chofer de Uber. Los demandantes pueden ganar hasta US$10.000 con estas denuncias y las demandas son acumulables. Esto hace que los abortos en Texas sean sencillamente impracticables.
Normalmente cuando alguna acción legal de este tipo se presentaba, la Corte Suprema defendía el derecho al aborto. Pero esta vez la Corte guardó silencio, pues hoy tiene una mayoría conservadora debido a la muerte de Ruth Bader Ginsburg y la llegada de Amy Coney Barrett, la nominación conservadora de Trump. Esto abre la posibilidad a que otros estados hagan lo mismo y se puede generar una reacción en cadena que prendería fuego a los derechos de mujeres, niñas y personas gestantes en EE. UU.
Mientras tanto, el martes de esta semana, en México la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló sobre una acción de inconstitucionalidad promovida en 2017 demandando la validez de diversas disposiciones del Código Penal del estado de Coahuila, como el artículo 196 que establecía una pena de uno a tres años de prisión “a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella”. El ministro presidente Arturo Zaldívar se pronunció a favor del derecho a decidir desde el comienzo: “Este derecho reconoce a la mujer y a las personas con la capacidad de gestar como las únicas personas titulares de su plan de vida, a partir de su individualidad e identidad propia, lo que constituye la raíz de la obligación estatal de brindarles un ámbito de protección y no de una sanción”. El martes el fallo a favor del derecho a decidir fue unánime y abre la puerta a que otros estados también saquen el delito de aborto de sus códigos penales. Como dijo el ministro Luis María Aguilar: “Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo”.
Este par de fallos cambian por completo el panorama de los derechos sexuales y reproductivos en la región. Hace apenas unas semanas la posibilidad de despenalización para varios estados de México era inexistente y nadie se imaginaba que las texanas perderían la ciudadanía plena tan rápidamente. En Colombia también estamos a la espera de un fallo decisivo por parte de la Corte Constitucional que puede lograr sacar el aborto del Código Penal y así eliminar la principal barrera de acceso para las mujeres, niñas y personas gestantes en el territorio nacional. Esperemos que la Corte respete la libertad y los sueños de todas nosotras y nos reconozca como ciudadanas plenas.