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Prisioneros del ayer no entienden la Constitución de hoy

Clara López Obregón

01 de agosto de 2021 - 10:00 p. m.

He tenido el raro privilegio de visitar la biblioteca de Hernán Echavarría. La misma que desde niña miraba con curiosidad en una sala cálida de chimenea ardiente donde escuchaba y después participaba en las conversaciones familiares. Pude escoger unos tomos para llevarme de recuerdo. Unas viejas ediciones de Vargas Vila, la biografía de Stalin escrita por Trotsky y otras joyas que entusiasman. He comenzado con la lectura de La Constitución inglesa, de Walter Bagehot. Trae esta edición de 1933 una introducción del Earl of Balfour en la que describe el método del autor, que bien podríamos aplicar con provecho al análisis constitucional colombiano. Este consiste en “observar cercanamente y por sí mismo” la vida política real para descubrir cómo funciona en la práctica, en oposición a cómo se le describe oficialmente.

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Al escribir en época de reformas —por entonces se ampliaba el sufragio con la reforma de 1867— explicaba que “una nueva Constitución no produce sus efectos completos mientras perviven los súbditos criados bajo la Constitución anterior y los estadistas entrenados bajo su ordenamiento”. Mutatis mutandi, es lo que sucedió con la Constitución de 1991. El espíritu de democracia restringida del Frente Nacional y el formalismo jurídico de la Constitución de 1886, que han permeado las mentes y la cultura política y jurídica de gobernantes y gobernados, congelaron el tránsito del Estado de derecho al Estado social de derecho.

La Corte Constitucional, compuesta por verdaderos hijos de la nueva interpretación de principios y valores, fue la excepción al congelamiento del cambio. A través de polémicas sentencias logró imponer, en contra de una reacia resistencia que la acusaba de arrogarse los poderes del Legislativo, la aplicación directa de la “norma de normas”, la exigibilidad judicial de los derechos fundamentales, incluidos los que exigen prestaciones del Estado, e incluso la tutela de las sentencias de la Corte Suprema de Justicia. La aplicación de la nueva Constitución se fue abriendo paso, caso por caso, tutela por tutela, pero de esa manera no se obtiene la realización efectiva de los derechos de todos.

Ese mandato constitucional han debido asumirlo los distintos gobiernos y congresos elegidos desde 1991. Permeados por el espíritu de la democracia restringida del ordenamiento anterior, aprobaron leyes mezquinas en materia de participación ciudadana y redujeron la capacidad de acción del Estado. Las reformas políticas restringieron el derecho a ser elegido de la democracia representativa, con la expedición de avales de las camarillas que se apoderan del poder de decisión en partidos políticos de engañosa estructura democrática. Tenemos una Constitución democrática en manos de incrédulos.

Desde la calle, la nueva generación exige que el viejo espíritu deje surgir al nuevo. El problema no es solo de edad sino de voluntad política o, mejor dicho, de voluntad de Constitución. El próximo debate electoral determinará si esta llega por fin a manos de creyentes. Después de una generación, llegó la hora de dirimir el dilema entre los partidarios del statu quo y los del cambio.

Por Clara López Obregón

Excandidata a la Presidencia de la República, exalcaldesa (e) de Bogotá
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