Avianca

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Claudia Morales
03 de agosto de 2018 - 04:00 a. m.
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En su sentencia C-450 de 1995 la Corte Constitucional definió qué es el “servicio público esencial”, y detalles de ese concepto están en la Ley 105 de 1993 que reglamenta el transporte público aéreo, marítimo, fluvial, férreo, masivo y terrestre y su operación en Colombia.

Ahora recordemos qué tiene que ver esto con las huelgas. La Constitución de 1991 limita ese derecho frente aquellas actividades que constituyan servicios públicos esenciales y la explicación comparada con lo que rezaba la Carta de 1886 es, como lo explica la Corte Constitucional, “la constante evolución de la situación política, económica y social del mismo Estado”.

Dicho eso, para el tribunal una huelga no puede afectar “aquellas actividades que el Estado tiene el deber de prestar a todos los habitantes del territorio nacional, de manera eficiente, regular y continua, en igualdad de condiciones, en forma directa, o mediante el concurso de los particulares, con el propósito de satisfacer las necesidades de interés general que la sociedad demanda”.

Entonces, ¿Qué servicios públicos son esenciales y no pueden afectarse por huelgas? Entre otros, la seguridad social, la banca central, la administración de justicia, los servicios públicos domiciliarios, los que prestan el Inpec y la DIAN, la explotación del petróleo, y el transporte público aéreo, marítimo, fluvial, férreo, masivo y terrestre. Y aquí aterrizamos en Avianca.

Se pregunta el periodista William Calderón en su cuenta de Twitter, ayer, 2 de agosto: “¿Dónde está el director de la @AerocivilCol? ¿Ya se posesionó? ¿Está trabajando? ¿Qué está haciendo para solucionar la crisis en @Avianca? No responde a los medios de comunicación. Hoy van 34 vuelos de Avianca con demoras, decenas de pasajeros están afectados y nadie responde”. En la misma red social, el expresidente de México Felipe Calderón, el día 22 de julio, escribió: “En viaje a Montevideo a una reunión de trabajo. Pésimo servicio de Avianca. El vuelo se demoró más de tres horas en CDMX. Todos los pasajeros en tránsito perdimos conexiones. El personal sabía de ello y no solo nos hizo abordar sino que nunca avisó de ello e hizo nada por ayudar”.

Cito dos casos recientes pero podría gastarme las páginas completas de este periódico copiando las quejas de usuarios de todas las regiones de Colombia por distintas fallas, ausencia de liderazgo, problemas en las comunicaciones más simples, maltrato y, en resumen, por todos los daños y perjuicios causados por la aerolínea y que claramente van en contravía de la naturaleza de aquello definido por la Corte.

La Asociación Colombiana de Aviadores Civiles —Acdac— perdió la batalla contra Avianca justamente por esa supuesta defensa del “servicio público esencial”, pero puestos en la realidad, casi un año después de iniciada esa última protesta de reclamación de derechos, pareciera como si la huelga nunca hubiera terminado. La aerolínea y el Estado, a través de la Aerocivil, el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, están rendidos ante los pies del monopolio aéreo y el poder que eso supone.

Los perjudicados somos los demás, nacionales y extranjeros, que vemos impotentes cómo se violan impunemente derechos fundamentales amparados en las leyes. En detrimento de los ciudadanos, es evidente que todo está determinado por el negocio, no tenemos quién nos defienda y es mentira eso del servicio público esencial. Nos engañan todos los días y eso no es justo.

@ClaMoralesM

*Periodista.

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