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La elección en la Corte Constitucional ¿para quién?

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Columnista invitada: Iris Marín*, especial para El Espectador
01 de septiembre de 2025 - 04:01 a. m.
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Esta semana, el Senado de la República elegirá la persona que remplazará al magistrado José Fernando Reyes en la Corte Constitucional, de terna presentada por la Corte Suprema de Justicia. La decisión está en titularidad de un órgano político de democracia representativa: el Senado. Esto tiene sentido, entre otras, porque expresa la colaboración armónica entre las ramas y porque finalmente la Corte ejerce un poder contra mayoritario, es decir, legisla negativamente poniendo el límite de la Constitución a decisiones políticas.

Ahora bien, la elección en un órgano político no elimina la responsabilidad del Senado de dar una discusión que se enmarque en el principio central de actuación de la Rama Judicial: su independencia, autonomía e imparcialidad, inclusive frente a sectores políticos.

Sin embargo, en los últimos días se han escuchado voces que centran el debate en el carácter progobierno o antigobierno de quienes ocupan la magistratura en la Corte Constitucional y de quienes integran la terna.

Las altas cortes: su autonomía, independencia e imparcialidad

Lo primero que hay que aclarar es que una decisión judicial no es buena o mala por apoyar una posición del Gobierno. Tampoco lo es por negarla. El sostén de la decisión está en la argumentación jurídica. De otra parte, encasillar las decisiones que emite un magistrado o magistrada como progobierno o antigobierno es bien difícil. Estas decisiones son colegiadas y es difícil encontrar un magistrado o magistrada que “siempre” apoya las posiciones de gobierno o que “siempre” las niega. Muchas, la mayoría de las decisiones, al menos de la Corte Constitucional, son de consenso.

Por consiguiente, la calificación de gobiernista o antigobiernista de los magistrados es simplista, por decir lo menos. Sus pronunciamientos se emiten en un proceso reglado que termina en una discusión en salas en las que se debaten proyectos de sentencia basadas en argumentaciones jurídicas.

Ahora bien, esto no significa que jueces y magistrados no estén sometidos a la rendición de cuentas y al escrutinio público. Hay razones para considerar que, en algunas ocasiones, han sido presionados, cooptados o actuado sin la debida independencia. No sobra recordar que todas las autoridades del Estado, inclusive los jueces, están sometidos a la Constitución y la ley. El respeto de la independencia, imparcialidad y la autonomía judicial también implica una autocrítica permanente al interior de la propia magistratura para evitar su cooptación por sectores de poder que pretenden instrumentalizarla y desdibujar su rol esencial: el de juez.

Es decir, el respeto de la independencia, autonomía e imparcialidad judicial se construye tanto de manera externa: por el respeto de parte de sectores sociales y políticos, como interna: por la conducta de la propia magistratura.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, en su Observación General No. 32 sobre el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sobre independencia e imparcialidad judicial, estableció que:

“21. El requisito de imparcialidad tiene dos aspectos. En primer lugar, los jueces no deben permitir que su fallo esté influenciado por sesgos o prejuicios personales, ni tener ideas preconcebidas en cuanto al asunto sometido a su estudio, ni actuar de manera que indebidamente promueva los intereses de una de las partes en detrimento de los de la otra. En segundo lugar, el tribunal también debe parecer imparcial a un observador razonable. Por ejemplo, normalmente no puede ser considerado imparcial un juicio afectado por la participación de un juez que, conforme a los estatutos internos, debería haber sido recusado”.

Se dice que uno de los deberes de los jueces es el de la ingratitud frente a su elector. Este principio, incómodo para los sectores que participan en su elección, garantiza la independencia. Una vez en el cargo, el juez solo está sometido al imperio de la ley en sentido amplio, no a los intereses específicos de su elector.

Para dar continuidad a este principio de independencia, los sectores externos a la judicatura deben abstenerse de descalificar las decisiones judiciales si no hay razones objetivas para tacharlas en su contenido, o para objetar la independencia, autonomía o imparcialidad de los jueces y magistrados. Además, deben respetar los canales de debate procesal.

Pero también es legítimo el reclamo cuando no se observa un actuar independiente o imparcial. En tal caso, el cuestionamiento debe hacerse sobre hechos concretos y ciertos y, en esos casos, corresponde a la magistratura evaluar la crítica y actuar de la manera más independiente e imparcial posible. En algunas situaciones se ha cuestionado que los magistrados y magistradas no se declaran impedidos, o que los impedimentos y recusaciones son negados de manera dudosa, habiendo argumentos certeros sobre el posible conflicto de intereses de un juez en la decisión. Una actitud gremial que se cierra por la autocomplacencia no es sana para el Estado de Derecho.

Ahora bien, reconociendo que hay situaciones que ameritan escrutinio en las altas cortes, el cuestionamiento no se puede dar con generalizaciones de carácter eminentemente político, sino a través del análisis de las decisiones específicas.

La terna para elegir al nuevo magistrado o magistrada de la Corte Constitucional

En la Defensoría del Pueblo hemos promovido una campaña para alcanzar la paridad en las altas cortes. Avanzar hacia la paridad es un deber ético y también jurídico. Así se desprende de la nueva Ley Estatutaria de Administración de Justicia, de su interpretación por parte de la Corte Constitucional y de las recomendaciones del Comité CEDAW, así como de la relatoría de Independencia de Jueces y Abogados de la ONU.

Sin embargo, la resistencia es alta. Este año se ha reducido la participación de mujeres en las altas cortes. No se trata únicamente de elegir mujeres. Las candidatas deben cumplir criterios de mérito, lo cual no resulta ser problema. En los recientes procesos de elección se han postulado mujeres con experiencia y talante de juezas. Además, se trata de avanzar en una judicatura que represente la diversidad étnica y regional de nuestro país.

No obstante, seguimos sin avanzar hacia la paridad. De elegirse un hombre, la única Corte -exceptuando la JEP- que se había acercado a la paridad con 4 mujeres de 9 miembros, la Constitucional, regresaría al 33 %; que se acerca a la media de participación de mujeres en altos cargos: menos del 30 %. La representación de afrodescendientes e indígenas es baja o inexistente, especialmente si se trata de mujeres.

Pero ese no es el único problema. Si bien es legítimo que los sectores políticos representados en el Congreso apoyen a uno u otra candidata, lo que está resultando perjudicial es que se haga a partir de estigmatizaciones indebidas y, sobre todo, infundadas. Algunos exigen independencia del Gobierno, lo cual está bien, pero parecen exigir a su vez que se comprometan a estar en contra de él, lo cual también va en desmedro de la independencia.

El debate se debe dar según la trayectoria profesional de los candidatos y candidata, su independencia actual y sobre todo futura frente a quienes les eligen, que no haya tachas creíbles sobre comportamientos indebidos en su desempeño profesional anterior. Algunos sectores políticos prefieren dejar de lado estos criterios y recurrir únicamente a la estigmatización simplista, que además cobra réditos en la opinión pública, sin importar el costo para el Estado de Derecho.

En la misma observación citada, el Comité de Derechos Humanos de la ONU estableció que “[e]s necesario proteger a los jueces contra los conflictos de intereses y la intimidación”. Esta regla debe regir desde el proceso de elección. La independencia, autonomía e imparcialidad de los jueces es un patrimonio del Estado de Derecho, la vulneran todos aquellos que sin elementos objetivos de debate incurren en el señalamiento y la estigmatización.

Por eso llamo a los sectores políticos a dejar de lado la estigmatización y tomar una decisión que busque la paridad, refleje más la diversidad étnica y regional de nuestro país y se oriente a garantizar la independencia, autonomía e imparcialidad judicial. Es decir, que la elección en la Corte Constitucional no sea para un sector particular, sino para el fortalecimiento del Estado de Derecho.

Confieso que escribo estas líneas con desesperanza. Es probable que la polarización, que conviene a algunos sectores políticos, impedirá un debate objetivo orientado a que la rama judicial salga fortalecida. Las tachas serias y concretas a ciertos candidatos parecen no tener relevancia en la decisión; así como la trayectoria profesional sólida y el principio de paridad, tampoco. Ojalá me equivoque. Si la elección no se orienta a garantizar la independencia, autonomía e imparcialidad, así como la paridad, quien perderá será nuestra democracia

Por Iris Marín*, especial para El Espectador

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Duncan Darn(84992)04 de septiembre de 2025 - 12:03 p. m.
No debimos esperar mucho de los congresistas. Todo está consumado....
Melibea(45338)02 de septiembre de 2025 - 10:35 p. m.
No nos haga reír,las cortes hace mucho perdió su independencia .Entre las más corruptas es esa corte constitucional
Hugo Guerrero(14000)01 de septiembre de 2025 - 10:00 p. m.
De la columna de la Sra Marín se deduce que ella quiere para la Corte a su congénere por serlo sino por ser la que quiere el gobierno.Opina que"algunos exigen independencia del Gobierno,lo cual está bien,pero parecen exigir a su vez que se comprometan a estar en contra de él"equiparando fuerzas y circunstancias y negando el derecho a reclamar del gobierno no pretender una Corte a su gusto .El Senado no debe elegir por"paridad de género" sino exclusivamente por excelencia jurídica y ética.
Lucila Castro de Sanchez(60806)01 de septiembre de 2025 - 07:43 p. m.
Dra Iris,me complace leer su columna. Por lo general,a las mujeres se les exige mâs que a los hombres,y prefieren elegirlos a ellos,porque ellas siempre son mejores.Sôlo hay una senora que estaba en la polcîa o el ejercito y fue pensionada,por discapacidad y asî y todo es la mancha negra y sucia,que afea la Corte,porque ella funciona sôlo para los polîticos corruptos,es întima de los Char y esos clanes mafiosos,segûn dicen....el don Camargo es la representaciôn de la ineptitud y la corrupciôn.
Julio Enrique Galán Roa(83619)01 de septiembre de 2025 - 05:29 p. m.
Dicen que Patricia Balanta, candidata a magistrada de la Corte Constitucional tiene una hoja de vida excelente con 40 años al servicio de la rama judicial sin ninguna condena, escándalo o investigación en contra. Por eso no es nada fácil que la elijan en el senado. En cambio por su comprobada habilidad de repartidor de puestos y prebendas, el ganador será Camargo. Que amargo resultado.
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