Se prenden nuevamente las alarmas por la publicación del proyecto de decreto mediante el cual se incorporan algunas modificaciones al artículo 2.2.2.1.11.8 del Decreto 1082 de 2015. Es tal la desconfianza en el Gobierno que ya ni se le da el beneficio de la duda. La verdad es que con los antecedentes del decreto 050 (congelación de los peajes), el Decreto 069 (aplazamientos y suspensiones de partidas presupuestales) es entendible. Sin embargo, creo que por primera vez, el Gobierno está haciendo una modificación razonable (siempre que se mantenga el lenguaje publicado en la página del Departamento Nacional de Planeación el día 31 de julio de 2025). Me explico:
Negociaron con Bogotá la reprogramación de las vigencias futuras de las líneas 1 y 2 del metro de Bogotá. Parte de tranquilidad, Bogotá asume pagos en esta vigencia de manera que no se incumplan los compromisos con el concesionario de la línea 1. Faltará ver si la reprogramación afecta de alguna manera el modelo financiero del proyecto de la línea 2, en cuyo caso, bastará con reflejar el ajuste en los documentos contractuales del proceso de selección. Asumo que Bogotá habrá revisado el tema con el concesionario de la línea 1 del metro de manera que se modifique de común acuerdo con el contrato de concesión para reflejar la reprogramación acordada con el Gobierno Nacional (en caso de que sea necesaria la modificación).
Para poder implementar la reprogramación que, reitero, se hizo de común acuerdo según las notas de prensa, el Ministerio de Hacienda debe hacer la solicitud al Confis y, según el artículo 2.2.2.1.11.8 actual, solo podría cambiar el plazo de las vigencias futuras mas no los montos anuales sin afectar los montos globales. Dice la norma que cualquier otro ajuste implica reiniciar el trámite de aprobación de las vigencias futuras correspondientes, situación para nada deseable en este caso. Como medida sustitutiva, el Gobierno propone entonces modificar el citado artículo para permitir que se modifiquen no solo los plazos, sino también los montos anuales (sin afectar los montos globales) e incorpora varios requisitos adicionales que se deben verificar para poder presentar la solicitud de modificación. En otras palabras, “blinda” el procedimiento con pronunciamientos de diferentes entes del sector involucrado y justificaciones técnicas, financieras y jurídicas.
Por lo tanto, en mi sentir, las modificaciones que se buscan incorporar al artículo 2.2.2.1.11.8 del decreto 1082 de 2015 no son ilegales ni inconvenientes; son necesarias y van acompañadas de suficiente respaldo técnico para evitar que se abuse de la figura.
Ahora bien, no comparto el temor de que este cambio le abra las puertas al Gobierno para reprogramar cuanta vigencia futura de infraestructura se encuentre aprobada y el Gobierno no podrá de manera alguna asumir esta modificación como una patente de corso. Recordemos que los contratos de concesión de cuarta y quinta generación que pactan la obligación de hacer aportes públicos señalan de manera expresa, como obligación contractual de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), efectuar los aportes a los fideicomisos respectivos en unas anualidades ciertas y por unos montos definidos. Estos montos se encuentran respaldados por vigencias futuras, como lo manda el Estatuto Orgánico del Presupuesto (Decreto 111 de 1995). De manera que no es viable modificar unilateralmente las vigencias futuras por parte del Gobierno (previa autorización del Confis), ya que estaría generando un incumplimiento de los contratos de concesión; en otras palabras, se estaría ante una típica conducta dolosa o gravemente culposa del Gobierno, pues generaría un incumplimiento contractual de manera intencional.
Lo anterior no quiere decir que la ANI no pueda acercarse a los concesionarios y financiadores de los proyectos para revisar de común acuerdo los perfiles de vigencias futuras y, donde sea viable, reperfilar, es decir, que no implique una afectación económica al concesionario (que no sea compensada de alguna manera), pero sobre todo que no afecte la capacidad de pago del proyecto con el sector financiero local e internacional.
En medio de esta cantidad de noticias tristes y malas, en medio de tantos odios políticos y espíritus de revancha política, es una buena noticia que el alcalde Galán y el Ministro de Hacienda hayan podido llegar a un acuerdo que les dé un respiro a las apretadas finanzas del país.