La expresión Derecho de los Mercados se acuñó para resumir tres materias que cada vez adquieren mayor relevancia en el mundo: el Derecho de la Competencia, el Derecho del Consumidor y el Derecho de la Propiedad Industrial. Hay otras materias aledañas que constituyen también ciencias vecinas, como la Protección de Datos Personales o el Sistema Colombiano de Calidad, que involucran, entre otras, normalización, metrología y acreditación. Si estas materias son bien supervisadas y los conflictos que las involucran correcta y rápidamente resueltos, el interés social se ve adecuadamente protegido.
Hace poco la Superintendencia de Industria y Comercio realizó el IX Congreso de Derecho de los Mercados, bajo la coordinación de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, con el concurso de otras dependencias de esa entidad. Se discutieron temas de todo tipo y se anunciaron otros elementos que sin duda resultan positivos para la administración de justicia.
La Superintendencia de Industria y Comercio no solo tiene la función de investigar y sancionar transgresiones a los derechos de los consumidores, o de los competidores en el mercado, que son algunas de sus más clásicas funciones, varias de las cuales posee desde su creación. También, desde hace algunos años, producto de una disposición constitucional que así lo permite y una serie de normas que han ido asignándole funciones –la última de las cuales es el Código General del Proceso-, la entidad atiende las disputas judiciales en calidad de juez imparcial, en la Delegatura que coordinó el congreso que ya citamos.
El razonamiento detrás de asignar esas funciones a entidades como la Superintendencia de Industria y Comercio es que ese tipo de entidades cuentan con mayor especialización y posibilidades de aumentar la eficiencia en la administración de justicia, pues justicia lenta no es justicia. En efecto, esta función judicial ha pasado a ser una de las más importantes para Colombia. Por la cantidad de procesos que administra, que superan las decenas de miles, es probablemente el juzgado más grande del país.
Por eso no deben dejar de aplaudirse los ingentes esfuerzos que superintendentes tras superintendentes han hecho en contribuir a la sociedad con una justicia especializada, rápida y oportuna. En el citado congreso, de manera positiva, se anunció que esos esfuerzos se habían redoblado y los usuarios con toda seguridad lo han sentido. La velocidad con que viene actuando la Superintendencia en medidas cautelares y en la emisión de sentencias en protección al consumidor en este año es digna de reconocimiento.
La emisión de medidas cautelares en todo tipo de procesos puede tener efectos positivos, no solo teóricos, sino que incentiven a quienes son condenados a no hacerlo de nuevo, a quienes piensan violar la ley a pensarlo dos veces, y descongestionen potencialmente todos los juzgados, pues a más justicia pronta con toda seguridad habrá un menor número de tutelas.
Las medidas cautelares son decisiones que toma un juez de manera rápida para proteger el derecho en litigio, pero no son cautelares si se tardan meses en emitirse. Eso lo ha entendido muy bien la Superintendencia, que este año ha resuelto en materia de consumidor cerca de 2.857 medidas cautelares, y ha emitido 10.200 sentencias de protección al consumidor, al tiempo que ha resuelto en temas de competencia desleal y propiedad industrial, en lo corrido del 2023, un total de 163 medidas cautelares y 59 sentencias.
Desde luego, esa eficiencia no puede llegar sin cuestionarnos la forma en que el Estatuto determinó que los consumidores reclamaran sus derechos. Tal masa de procesos se puede tornar inmanejable a medida que crece la economía, pero eso será harina de otro costal. Por ahora, aplausos a la eficiencia.
* Socio y Director de Litigios y MASC de OlarteMoure/ Partner and Director of Litigation and ADR at OlarteMoure