La Corte Constitucional de Colombia avanza la diversidad de género

Columnista invitado EE: Cristian González Cabrera*, especial para El Espectador
08 de marzo de 2022 - 01:57 p. m.

En un pronunciamiento histórico, la Corte Constitucional de Colombia ha reconocido un marcador de género no binario. La decisión —la primera de su tipo en América Latina— está en consonancia con ciertos avances a nivel global en materia de diversidad de género, y constituye un paso fundamental para la protección de los derechos humanos.

Si bien tribunales de menor jerarquía en México y Brasil ya habían dictado sentencias similares, el pronunciamiento en Colombia es el primero que se aplica en todo el territorio de un país latinoamericano, lo cual sienta un importante precedente jurídico respecto de la diversidad de género en la región.

El caso se originó en Medellín en 2019, cuando Dani García Pulgarín solicitó a la Registraduría Nacional del Estado Civil que cambiara el componente sexo en su documento nacional de identidad a una tercera opción. La institución respondió que solamente se permitían las categorías “M” o “F”. En 2021, García solicitó a la Notaría Novena de Medellín que cambiara su nombre legal a “Dani”, un nombre de género neutro, así como su componente sexo. La Notaría también se negó.

En 2015, después de que la Corte Constitucional resolvió que las personas podían cambiar el componente sexo indicado en sus documentos a “M” o “F”, García modificó su componente sexo legal a “F” en función de su apariencia física. Aun así, no se identifica como mujer ni como hombre, que eran las únicas opciones disponibles en 2015.

García dice que sigue sufriendo discriminación debido a su identidad y su expresión de género; por ejemplo, cuando intenta conseguir empleo y recibir atención médica. García manifiesta que miembros de la Policía Nacional la ridiculizaron debido a la “F” que aparece en su documento de identidad.

En marzo de 2021, García promovió una acción de tutela para que se revirtieran las decisiones de la Registraduría Nacional del Estado Civil y de la Notaría Novena de Medellín.

El caso llegó a la Corte Constitucional que, en una decisión que se dio a conocer hace apenas algunos días, determinó que se habían violado los derechos de García a la igualdad, la dignidad humana, la personalidad jurídica y el libre desarrollo de la personalidad. El tribunal determinó que, cuando el nombre y el componente sexo indicado en los documentos de identidad no reflejan la identidad de la persona, esto “obstaculiza la proyección del propio género en la sociedad y propicia escenarios de discriminación y de exclusión en las esferas pública y privadas en que la persona interactúa”.

La Corte ordenó a la Notaría Novena de Medellín que incorporara en el registro civil de nacimiento de García “el marcador no binario”, y a la Registraduría Nacional que le extendiera una cédula de ciudadanía acorde con esto. También instó a la Registraduría Nacional y al Gobierno nacional a que realizaran los ajustes necesarios en un plazo de seis meses para permitir que las personas colombianas optaran por un marcador de género no binario en sus documentos de identidad.

García, quien se identifica como travesti, había solicitado al tribunal que se consignara una “X” o un marcador de género “indeterminado”. Por ello, la decisión no representa el resultado que pretendía. Pero la posibilidad de un marcador de género no binario, que la Corte interpreta que es cualquiera que sea distinto de “M” o “F”, ha sido bien recibida por los activistas en Colombia, quienes consideran que esta nueva categoría legal será adecuada para las personas no binarias.

Aunque varios gobiernos solamente reconocen el cambio legal a “hombre” o “mujer”, más de una decena de países, como Malta, India, Nepal y Estados Unidos, ya permiten otras opciones. Los Países Bajos prevén directamente eliminar las referencias de género de los documentos de identidad.

En julio de 2021, Argentina se convirtió en el primer país de la región en emitir documentos nacionales de identidad y pasaportes que incluyen la “X” como una categoría de tercer género inclusiva. Este avance no fue resultado de una sentencia judicial, como ocurrió en Colombia, sino que el presidente Alberto Fernández dictó un decreto orientado a responder a las necesidades de aquellas personas que “no se perciban comprendidas en el sistema binario femenino/masculino”.

De forma similar, la Organización de Aviación Civil Internacional, el organismo de las Naciones Unidas que determina la normativa mundial para los pasaportes legibles por máquinas, contempla tres categorías de sexo: femenino, masculino, o “X” para indeterminado.

El derecho internacional respalda este reconocimiento. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Colombia ha ratificado, protege los derechos al reconocimiento ante la ley, a la privacidad y a la no discriminación. Para respetar plenamente estos derechos, los países no solo deberían permitir que las personas cambien de “F” a “M” y viceversa; también deberían ofrecer la posibilidad de consignar “X” o una opción equivalente.

En una opinión consultiva de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos exhortó a los gobiernos a establecer procedimientos eficientes y gratuitos para el reconocimiento legal del género. Tal como lo señala la Corte Constitucional de Colombia en su pronunciamiento, la opinión consultiva reconoció la existencia de identidades que no se encuadran en el esquema binario masculino/femenino y sostuvo que esas identidades también deben ser protegidas contra la discriminación.

A través de esta sentencia, Colombia continúa avanzando en un camino de igualdad y respeto a los derechos humanos para las personas de género diverso. Ya en junio de 2015, el Ministerio de Justicia había implementado una sentencia de la Corte Constitucional, y dictado un decreto por el cual permitió que las personas modifiquen el componente sexo consignado en sus documentos de identidad a “M” o “F” sin necesidad de obtener previamente la aprobación judicial.

Los países de la región deberían sumarse a Colombia y a Argentina en reconocer legalmente la diversidad de género a través de procedimientos simples, de carácter administrativo. Esto no solo es lo que exigen las normas del derecho internacional, sino que también ayudará a promover la igualdad, la tolerancia y la inclusión para todos.

* Cristian González Cabrera es investigador sobre derechos de personas LGBT de Human Rights Watch.

Por Cristian González Cabrera*, especial para El Espectador

 

JTG(13462)09 de marzo de 2022 - 11:42 a. m.
Una contribución muy importante del DANE es que a partir de este año, en la nueva serie de encuestas de hogares, la GEIH-2018, no solo van a identificar personas por el sexo genital de nacimiento, sino también van a haber preguntas con respecto a su identidad de género y preferencias sexuales.
Igor(19369)09 de marzo de 2022 - 02:52 a. m.
Como van las cosas tendrán que poner una casilla para el género no binario, la letra respectiva y la explicación al respaldo. Ejo: THLF: trans hombre levemente inclinado al género femenino. THLF Het, Trans hombre levemente inclinado al género femenino, pero heterosexual, es decir le gustan las mujeres.... o es al contrario? Me perdí...
Luis(5541)09 de marzo de 2022 - 12:51 a. m.
Este zoquete no sabe la diferencia entre género y sexo.
Jairo(24834)09 de marzo de 2022 - 11:54 a. m.
La zona de placer sexual se volvió tema fundamental determinante de todos los demás derechos. De ser una preferencia de la vida privada lo volvieron debate no solo nacional, mundial. Tener una u otra preferencia en el placer sexual .. No les hacr superiores ni inferiores. Solo diferentes.
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