La estocada final a los medios y editoriales digitales

Columnista invitado EE: Carlos Eduardo Borrero González*
24 de junio de 2022 - 06:02 p. m.

Ronda desde el año 2018 doctrina de la DIAN que literalmente dice: “… las suscripciones a bases de datos bibliográficas de contenido investigativo y científico, en las que se provee acceso no solo a ediciones digitales de libros, revistas y periódicos sino a otro tipo de contenidos, no están exentas o excluidas del impuesto sobre las ventas –IVA–. Razón por la cual, la venta de tales suscripciones estará gravada con el IVA …”.

A partir de esta interpretación, obligatoria para los funcionarios de la DIAN, ha comenzado una persecución a editoriales y medios digitales; afirma la entidad que cuando la suscripción a un portal web ofrece cualquier tipo de contenido que en criterio del auditor oficial no corresponde a parte integrante de un libro, periódico o revista, debe pagar IVA sobre el 100 % del valor de las suscripciones facturadas.

El Estatuto Tributario claramente indica que están “exentos del impuesto sobre las ventas los libros y revistas de carácter científico y cultural, según calificación que hará el Gobierno Nacional”. La calificación realizada por el Gobierno está contenida en resolución del año 2000 del Ministerio de Cultura, no en las interpretaciones de los auditores de la DIAN, quienes cuando realizan calificaciones sobre la materia se autoasignan competencias que no otorgó la ley.

La reforma de la norma tributaria del año 2016 además indica que “… conservan la calidad de bienes y servicios exentos con derecho a devolución bimestral de IVA … los contenidos y las suscripciones de las ediciones digitales de los periódicos, las revistas y los libros …”. Pareciera que los auditores de la DIAN no leen con atención las normas, en este caso específicamente el aparte “los contenidos y las suscripciones”.

La extralimitación –que confunde con bases de datos en general lo que esencialmente son periódicos, revistas o libros y sus contenidos– además viene acompañada de la interpretación menos favorable y forzada posible, un solo contenido que eventualmente no cumpla con el criterio del auditor supone que todo esté gravado a la tarifa máxima.

Para justificar sus afirmaciones, la DIAN desnaturaliza la esencia de las publicaciones, separa sus partes integrantes, transforma estas partes en bases de datos y afirma que la exención de IVA que trae la norma tributaria “… no cubre las suscripciones a las bases de datos, independientemente que éstas contengan un componente de periódicos, revistas y libros”.

¿Cuál es entonces el riesgo para los medios y editoriales digitales? Pues sencillo, toda edición digital que incluya datos para realizar búsquedas que permitan recuperar contenidos, así como, entre muchas características: videos, fotografías, diseños, ilustraciones, caricaturas, grabaciones, accesos a contenidos externos, contenidos relacionados o patrocinados, contenidos históricos, “lo más visto”, comentarios de lectores, publicidad comercial o cualquier otro elemento que en criterio de la DIAN constituya datos, debería haber facturado IVA a la máxima tarifa y si no lo ha hecho se lo cobrarán con sanciones.

Estas interpretaciones desacertadas de la DIAN implican grave riesgo económico para toda empresa que no haya cobrado IVA en las suscripciones, por ejemplo, todos los periódicos tradicionales con ediciones digitales, las revistas digitales, las editoriales jurídicas y cualquier otra editorial que venda suscripciones a ediciones digitales sin facturar IVA.

Los excesos de la DIAN van en contra de la ley, de la sana intención del Estado de apoyar la libertad de expresión, además del derecho a informar y ser informado, del derecho a la libre empresa, de la confianza legítima que surge de haber adelantado la misma actividad durante decenas de años sin reproche tributario alguno y en últimas del derecho al trabajo. Además, van en contra de preceptos constitucionales sobre la protección y fomento de la cultura, del conocimiento y de la ciencia, y de la Economía Naranja, programa bandera del gobierno que termina su período. Señor director de la DIAN, Dr. Junco: le rogamos apersonarse del asunto y evitar una fatalidad contra medios y editoriales digitales.

· Representante legal de Red Juristas.

Por Carlos Eduardo Borrero González*

 

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