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La alta informalidad en la propiedad de la tierra ha sido reconocida como uno de los grandes problemas del país. De acuerdo con distintas estimaciones, entre tres y cuatro quintas partes de las propiedades rurales enfrentan ese problema. Afecta principalmente a los tenedores informales de tierras que carecen de recursos económicos.
Este problema refleja la precariedad del aparato estatal territorial y las deficiencias de nuestro sistema de justicia. Por ejemplo, los municipios priorizados en el programa de paz con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) tienen apenas seis jueces por 100.000 habitantes, la mitad del promedio nacional; el 78 % no cuenta con jueces del circuito especializados en tierras y el 81 % no tiene centros de conciliación, para mencionar solo algunas de sus desventajas.
Una de las consecuencias más graves es que, al no haber suficientes canales institucionales para canalizar los conflictos asociados a los derechos de propiedad, estos se tramitan con frecuencia por medios violentos. Por este motivo, el acuerdo sobre reforma rural integral que antecedió al Acuerdo de Paz propuso crear “una nueva jurisdicción agraria que tenga una adecuada cobertura y capacidad en el territorio, con énfasis en las zonas priorizadas, y con mecanismos que garanticen un acceso a la justicia que sea ágil y oportuno para la población rural en situación de pobreza”.
La Misión Rural, que tuve la oportunidad de dirigir, aparte de plantear la necesidad de un plan masivo de formalización basado en un catastro multipropósito que se está poniendo en marcha, recomendó crear “una jurisdicción agraria o, en su defecto, una especialidad dentro de la jurisdicción ordinaria, que con jueces especializados resuelva todas las controversias relacionadas con los derechos sobre la tierra rural, cuando estas controversias no puedan ser resueltas a través de mecanismos alternativos de solución de conflictos”.
El Gobierno nacional hizo en este sentido una propuesta al Congreso para crear una especialidad agraria, ya que la jurisdicción hubiese necesitado una reforma constitucional. El proyecto de ley correspondiente ha sido aprobado en la Comisión Primera y la plenaria de la Cámara de Representantes. Es esencial, sin embargo, que tenga su tercer y cuarto debate en el Senado antes del 20 de junio.
El proyecto busca crear una especialidad tanto en la jurisdicción ordinaria como en la contencioso-administrativa, para atender conflictos que surjan sobre el uso, la tenencia y la propiedad de predios rurales. Adopta, en ese sentido, un modelo inspirado la estructura jurídica chilena, pero también experiencias similares en otros países latinoamericanos (México y Costa Rica, por ejemplo).
Propone un modelo de oferta de justicia permanente, con un sistema de despachos judiciales más ligero, que incluso puede ser itinerante, y con un conciliador adscrito. Los procesos serían ágiles y sencillos, tanto en términos de plazos como de recursos. Aparte de otras novedades, les da un papel importante a mecanismos alternativos de resolución de conflictos para evitar la hiperjudicialización de las controversias y su escalamiento, bajo el reconocimiento de que las poblaciones cuentan con herramientas de autogestión de las disputas que favorecen los lazos comunitarios.
Reconoce, así, la necesidad de promover el acceso a la justicia de poblaciones que enfrentan múltiples obstáculos para ello, como las mujeres y los pobladores rurales en general. Focaliza, además, su ejecución en los municipios PDET en una lógica de construir institucionalidad en esas zonas que cuentan con carencias institucionales históricas.
Esta es una iniciativa extraordinaria, que contribuirá, sin duda, a la construcción de la paz y al desarrollo rural. Es urgente que sea aprobada por el Congreso durante la actual legislatura, porque de lo contrario se hundiría.