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Excesos de la estatutaria de educación

Daniel Mera Villamizar
18 de marzo de 2024 - 02:00 a. m.

Apartarse de la Constitución, ignorar consensos, sobrecargar el sistema y volver estatutario lo ordinario.

Dice el texto aprobado en primer debate en la Comisión I de la Cámara: “La educación como derecho humano fundamental se garantizará por el Estado durante toda la vida”. Refleja una visión irrealizable de la sociedad, deseable para el gobierno, pero se dirá que tal promesa no le hace daño a nadie. Aparentemente.

Después de eso, el proyecto establece el derecho fundamental a la educación en sus distintos niveles: inicial, de cero a seis años; básica, cinco años de primaria y cuatro de secundaria; media, los grados 10 y 11; y superior, “los programas de nivel técnico profesional, normalista superior, tecnológico y universitario”.

Que la educación superior sea declarada un derecho fundamental ha generado un agudo debate en el subsector porque, en primer lugar, la Constitución afirma otra cosa: “El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior” (art. 69).

Se dirá que tal declaratoria es loable y no le hace daño a nadie. Aparentemente. Igual que el derecho fundamental a la educación “para personas en condición de enfermedad”, “para las personas gestantes o lactantes” (sic), “para personas privadas de libertad”, “para personas reincorporadas y en proceso de reincorporación”, entre otros grupos específicos.

Tenemos un sistema educativo que no ofrece la cobertura (ni la calidad) en la educación obligatoria que consagra la Constitución (“entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica”: art. 67), y se pretende sobrecargarlo con extensiones de un derecho que serán exigibles judicialmente.

Hay un consenso amplio para ir más allá de lo que dice la Constitución en educación inicial y en la educación media, lo que exige del Estado ingentes recursos. Si la ley estatutaria se limitara al texto constitucional y al consenso extra-constitucional no habría objeción. Pero quieren imponer el derecho fundamental a la educación superior (deberían escuchar las implicaciones de esto) y otros excesos de su visión.

Por ejemplo: la “formación integral en todos los niveles educativos y modalidades”, ignorando la especificidad de los niveles. Una ley estatutaria que manda “fortalecer las capacidades básicas cognitivas, motoras, lecto escritoras” lo mismo en la primaria que en la superior está hablando demasiado.

El Gobierno alega que lo que hace es “sistematizar y esquematizar decisiones jurisprudenciales”, aunque en realidad no sigue recomendaciones claras de la Corte Constitucional al respecto. Esta ha dicho que “mediante ley estatutaria se regula únicamente el núcleo esencial del derecho fundamental, de tal forma que si un derecho tiene mayor margen de configuración legal, será menor la reglamentación por ley estatutaria” (Sentencia 756 de 2008).

El Congreso podría ahorrarle al Gobierno el revés de una peluqueada en la Corte, que ha advertido (en esa misma Sentencia): “el trámite legislativo ordinario o estatutario será definido por el contenido del asunto a regular y no por el nombre que el legislador designe”, con el fin de evitar petrificar en ley estatutaria lo que debe ser objeto de ley ordinaria.

Petrificar se refiere a escribir en piedra.

@DanielMeraV

 

Libardo(10892)18 de marzo de 2024 - 08:59 p. m.
Tal vez, el texto del proyecto de ley necesite precisión, pero el columnista ignora -no sé si a propósito- que la educación es dinámica, secuencial y debe ser integral. Ergo, el Estado debe garantizar que todos los ciudadanos accedan a la educación en todos los niveles. Estoy seguro: si el columnista se despoja de su sesgo, puede aportar más a estas discusiones.
Atenas(06773)18 de marzo de 2024 - 04:37 p. m.
Daniel, desatar el idealismo hispano es de funestos efectos, y en tales meandros juega la rama legislativa nuestra con florituras verbales o excesos de detalles q’ se presta pa grandes interpretaciones, así dilapidamos la vida. Eso me hace recordar un pasaje del documental American factory en Netflix, auspiciado por Barac y Michelle Obama, en él dice clara/ el poderoso empresario chino cuando inauguró su empresa de vidrio en Ohio:”hay q’ admitir, esta es una cultura pragmática y concreta”.Atenas
Jairoval(07497)18 de marzo de 2024 - 03:01 p. m.
Apreciado autor: es pacífica la postura de la corte en el sentido de que los derechos en la CP consagran un mínimo contenido que debe protegerse y no desconocerse por parte del Estado. Luego, de manera progresiva, puede ampliarse el contenido de estos derechos sin que ello signifique una vulneración de la carta pólitica. Otra cosa, la educación, en sus distintos niveles de formación, ya es una garantía fundamental reconocida por la corte desde hace más de 10 años.
  • Atenas(06773)18 de marzo de 2024 - 04:38 p. m.
    Jairoval: tenemos el verbo q’ se acomode a su necesidad o necedad. Atenas.
Octavio(cnp52)18 de marzo de 2024 - 01:00 p. m.
Lleva 43 columnas llendose por las mismas ramas, por las mismas desviaciones gramaticales.
  • Atenas(06773)18 de marzo de 2024 - 04:40 p. m.
    Ey, vos, Otavio, ¿ni esta pendejadita sos capaz de escribirla bien? Estás en la olla, y así vienes aquí de atrevido a comentar babosadas. Atenas.
Esquid(31027)18 de marzo de 2024 - 11:29 a. m.
Declarar la educación como un Derecho Humano Fundamental es precisamente regular su núcleo esencial, hacerlo inviolable y exigible, no un discurso vacío. Es un punto de partida en procura de ampliar la cobertura y romper la desigualdad en el acceso a una educación de calidad. La forma que se materialice pueden ser diversas y con diferentes actores. Lo otro es mantener un estado de cosa inconstitucional en la educación.
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