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Ley estatutaria y problema moral 


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Daniel Mera Villamizar
13 de mayo de 2024 - 05:00 a. m.
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La gratuidad en educación superior divide entre subsidiados y endeudados o excluidos, en vez de ponerlos a todos a retribuir a la sociedad.

El único derecho fundamental a la educación que establece la Constitución es el de los niños (y niñas, claro), en el artículo 44. Luego, el artículo 67 establece que “la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social”. No dice que sea “fundamental”. Más adelante, artículo 69, el constituyente de 1991 fue salomónico: “El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior”.

También dice la Carta que “la educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos”, hablando de la que “será obligatoria entre los cinco y los 15 años, y que comprenderá como mínimo un año de preescolar y nueve de educación básica” (art. 67).

Si eso estipula la Constitución, ¿cómo es que 33 años después, sin mediar una reforma constitucional, tenemos gratuidad educativa total, no diferencial, y un proyecto de ley estatutaria afirma que la educación superior es un derecho fundamental? El populismo (regresivo), la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el llamado “bloque de constitucionalidad” (internacional) hacen parte de la explicación, que no abordaremos hoy (aunque estamos en mora de disputarle a la Corte Constitucional la orientación político-intelectual de la sociedad, con su propia técnica).

El propósito de hoy es indicar, con el contexto del antecedente constitucional, que la “educación superior como derecho fundamental” es un error en la visión de la sociedad que la propone, recogida ampliamente en el proyecto de ley estatutaria.

El problema moral es el siguiente: la sociedad colombiana les dice a cientos de miles de bachilleres de la misma condición socioeconómica que si logran un cupo en una universidad estatal, pagarán cero pesos de matrícula y adicionalmente recibirán algunos apoyos de bienestar para la permanencia; pero si no logran ese cupo, en gran medida porque no tuvieron una buena educación básica, están invitados a endeudarse con el Icetex. En promedio, los subsidiados ganarán más en el mercado laboral, y los endeudados, menos.

Semejante trato desigual debería ser insostenible desde el punto de vista moral y ético. ¿Cuál es la respuesta de la estatutaria a este problema? Que “el Estado garantizará, financiará y ofrecerá en forma progresiva el derecho fundamental a la educación superior priorizando la financiación de las instituciones de educación superior públicas”. Es decir: i) mientras remplaza la oferta privada, seguiremos con el trato desigual hacia los bachilleres más desfavorecidos; ii) como la oferta privada es el 50 %, o está dispuesto el Gobierno a volcar ingentes recursos hacia la educación superior estatal (en perjuicio de la primera infancia y la educación obligatoria) o tendremos una “progresividad” que demorará mucho (la persistencia del problema moral).

La visión de la estatutaria no tiene salida porque se basa en la gratuidad, apartándose de la Constitución, que ordena “facilitar mecanismos financieros”. La solución no es que todos se endeuden con el Icetex, sino que todos compartan una fracción de los beneficios privados de la educación superior mediante retribución contingente al ingreso.

@DanielMeraV

Conoce más

 

Andrés(28004)14 de mayo de 2024 - 01:38 a. m.
Mi corazón late a la izquierda. Sin embargo, creo que la adopción de un subsidio universal en un realidad social ostensiblemente desigual es un gran error. El gobierno lo entendió bien al desmontar el subsidio a la gasolina: darles un trato igual a los desiguales fomenta la desigualdad. En el caso de la educación, no solo aumenta la desigualdad entre subsidiados y endeudados, como señala el autor, sino que estimula a los que acceden a mejor educación básica a acaparar los subsidios.
Jairo(07497)13 de mayo de 2024 - 10:52 p. m.
El autor olvida por completo que no sólo puede basarse en lo que dice la constitución, sino en lo que dicen también los tratados internacionales y la jurisprudencia de la corte que también tienen la misma jerarquía normativa. También olvida que los derechos tienen un contenido prestacional que debe ir ampliándose progresivamente; y finalmente, también olvida que la corte ya reconoció la fundamentalidad de la educación en todos los niveles y que explicó que es viable implementar la gratuidad.
Alfredo(08585)13 de mayo de 2024 - 03:04 p. m.
Garantizar el derecho humano a la educación va más allá de expedir leyes de cualquier tipo (leguleyismo y fetichismo juridico); es un deber ético hacia las nuevas generaciones. Enseñar no solo imparte conocimiento, sino que moldea mentes, promueve la igualdad y fomenta la justicia social. Es una inversión en el futuro, asegurando oportunidades equitativas y empoderando a las personas para construir un mundo más justo y próspero.
Hugo(14000)13 de mayo de 2024 - 12:40 p. m.
Argumentos muy interesantes en relación al proyecto.Muchos legisladores no entienden o solo les importa su interés político,qué es un derecho fundamental,como si el calificativo de "fundamental"fuera un adorno literario.Sin medir sus implicaciones y la imposibilidad de reclamarlo ante nadie.Sin calcular el enorme costo,muchísima plata, personal calificado,aulas etc.recursos que no tienen perspectiva de lograrse en muchos años: Ese punto del proyecto es descabellado.
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