Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
El Decreto 0159 del 20 de febrero fue la respuesta del Gobierno al llamado de atención del Consejo de Estado por no haber justificado técnicamente el aumento de 23,7 % al salario mínimo. Pero las justificaciones que ha dado distan de ser técnicamente correctas o convincentes.
Después de casi 50 párrafos de considerandos en su mayoría impertinentes, el Decreto pasa revista a cinco variables técnicas que supuestamente deberían tenerse en cuenta en la decisión: inflación, productividad, contribución de los salarios a la variación del ingreso nacional, contribución de los salarios a la variación del ingreso nacional mixto ponderado y crecimiento del PIB. Y, ¿qué hace con esas cinco variables? Las suma, lo que le da un total de 13,6 puntos porcentuales.
Nadie que entienda el significado de esas cinco variables podría encontrar justificación alguna para sumarlas, entre otras razones porque unas están ya contenidas dentro de otras de ellas (por ejemplo, la productividad es parte del crecimiento del PIB).
Pero semejantes malabares no detienen la argumentación, puesto que 13,6 es todavía menos que el 23,7 buscado. Así que el decreto se lanza con lo siguiente: “Que la ponderación no se expresa como una afirmación genérica de equilibrio entre variables, sino como una estructura de decisión en la que existe un piso de preservación del poder adquisitivo, se integran componentes reales y distributivos (como productividad y contribución salarial), se verifica consistencia macroeconómica (PIB) y se incorpora un componente de mejora material asociado a suficiencia o cierre progresivo de brecha, permitiendo identificar con claridad el peso funcional y la incidencia cuantitativa de cada criterio dentro del porcentaje adoptado”.
Es imposible que alguien pueda encontrarle sentido a ese párrafo puesto que es un total galimatías. Quizás sus autores pretendieron hablar como economistas, como cuando de niños jugábamos a hablar en una lengua extranjera inventada. Pero ese párrafo es el puente clave en la argumentación para llegar al verdadero objetivo del decreto: sustentar que el único criterio que cuenta es el “salario vital”, tal como es definido por la OIT. Y, en efecto, aquí sí se da una explicación aceptable técnicamente para llegar al buscado 23 %.
Antes de pasar a su parte resolutiva, el Decreto se detiene en otros cálculos enrevesados para justificar por deducción el peso de los componentes en el aumento, pero todo eso es irrelevante.
Sería absurdo que el Consejo de Estado aceptara este Decreto como justificación técnica. Tampoco debería perder el tiempo buscándole el sentido a párrafos como el citado para entrar luego a debatirlos con criterios jurídicos.
Si algo deja claro este episodio es que exigir criterios técnicos en un proceso jurídico debería requerir, cuando menos, que las partes involucradas tengan la experticia técnica necesaria o, en su defecto, acudan a quienes la tienen. Pero esa sería una solución deficiente puesto que, al fin de cuentas, las decisiones jurídicas finales no pueden recaer en los técnicos.
Lo cual me lleva a la conclusión de fondo: los economistas nos hemos equivocado al pretender que discusiones de naturaleza política y con profundas implicaciones distributivas se resuelvan con criterios técnicos. En el debate del salario mínimo es deseable, por supuesto, que los criterios técnicos sean parte del arsenal argumentativo de los empresarios, los trabajadores y el Gobierno, pero no tiene sentido pretender que la decisión final se base en una fórmula. De ahí el título de esta columna: la justificación del salario mínimo no es técnica.
