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Construir una ética de mínimos es cuestión de todos

Elisabeth Ungar Bleier

27 de enero de 2010 - 09:31 p. m.

DIVERSOS AUTORES Y FILÓSOFOS contemporáneos, entre ellos Adela Cortina, emplean el término ética de mínimos para referirse “al conjunto de reglas o normas sobre las cuales pueden estar de acuerdo personas que no comparten las mismas concepciones acerca de lo que se debe perseguir en la vida” (Transparencia por Colombia, “La Ética Empresarial”. Documento de Trabajo —sin fecha—).

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Es decir,  aquellos principios en torno a los cuales pueden —y deberían— estar de acuerdo todas las personas pertenecientes a un determinado grupo u organización social para lograr un mínimo bienestar de todos sus miembros y garantizar el respeto a la dignidad humana y a los derechos fundamentales, aun teniendo posturas diferentes e incluso opuestas sobre otros temas relevantes. Pero no basta que estas normas existan. Es indispensable que sean universales, es decir, obligatorias y aplicables a todos, y que las sanciones —morales y legales— para quienes las transgreden, también sean universales.

De otra parte, la existencia de esas normas es una condición necesaria pero insuficiente para poder hablar de una ética de mínimos. Es bastante común que los ciudadanos, y los mismos gobernantes, sustenten sus acciones con base en la creencia de que es suficiente con cumplir la ley. Pero también hay quienes consideran que no basta con acatarla. Por ejemplo, algunos podrían afirmar que cuando el Presidente de la República decide suspender la transmisión por televisión de los consejos comunitarios, acogiendo el concepto del Procurador General de la Nación, pero continúa realizándolos y transmitiéndolos por otros medios masivos, está cumpliendo la norma, pero no su esencia ni su espíritu. Es decir, los mínimos éticos de equidad y de respeto al derecho de elegir y ser elegido que rigen una democracia representativa como la colombiana.

O, por el contrario, que haya quienes, aun reconociendo actuaciones irregulares, las justifican a partir de la existencia de “razones superiores” a esa ética de mínimos. Por ejemplo, cuando el jefe del Ministerio Público afirma que las irregularidades en la recolección de firmas, en la financiación y en el trámite del referendo, que reconoce que existieron, pasan a un segundo plano en aras de no desconocer la “voluntad popular”. Olvidando además que los mismos vicios han servido de argumento para que en el pasado varios congresistas perdieran su investidura o que diversas leyes hubieran sido archivadas o declaradas inconstitucionales.

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O, finalmente, que antepongan intereses particulares al interés general, aun sabiendo que están transgrediendo la ley y la ética de mínimos. Por ejemplo, cuando con tal de ser elegidos, utilizan procedimientos delictuosos o de presión indebida contra los electores, o aceptan que personas que no comparten la ética de mínimos los representen.

En diciembre de 2009, con ocasión del Día Internacional de Lucha contra la Corrupción, en este mismo espacio comenté sobre la urgencia de decretar una emergencia ética en el país con el propósito de enfrentar la corrupción y diferentes manifestaciones de captura del Estado por actores legales e ilegales. Sería un gran avance para lograr la ética de mínimos. ¿Podremos seguir posponiendo esta decisión?

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