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El consentimiento informado para la vacuna contra el COVID-19

Fernando Galindo G.

25 de febrero de 2021 - 03:33 p. m.

En un documentado análisis del consentimiento informado, Edgar Saavedra R., exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y asesor Jurídico del Tribunal Nacional de Ética Médica, publicado en la Gaceta Jurisprudencial del Tribunal, (No. 41, agosto 2020), establece que “el fundamento del consentimiento informado deriva de la ausencia de responsabilidad penal, por justificación de la conducta, de un lado por el ejercicio de una actividad lícita, la medicina; en ocasiones en el cumplimiento de un deber, o por actuarse con el consentimiento válidamente emitido por el titular del bien jurídico, en el caso en que se pueda disponer de dicho derecho”.

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Esta fundamentación se cumple cabalmente en el formato del consentimiento informado agregado por el Ministerio de Salud, en la aplicación Mi Vacuna, para ser previamente descargado y diligenciado por el ciudadano, y presentado en la institución asignada para su vacunación. Reúne los requisitos de ser claro, corto y comprensible en el lenguaje, ofreciendo explícitamente las opciones de aceptación o de rechazo por parte del individuo.

No obstante, en el texto citado previamente, Saavedra R. establece que “es necesario mantener un equilibrio entre el ejercicio de la libertad y el cumplimiento de ciertos deberes, sobretodo cuando el cumplimiento de estos últimos, no solo tiene que ver con la salud y la vida de la persona, sino que afecta los intereses públicos de la salubridad de la comunidad”. Agrega: “acudiendo al principio de proporcionalidad ha de darse preferencia al derecho de la comunidad de preservar la salud colectiva, frente al rechazo del contagiado a recibir los tratamientos curativos”. En esta perspectiva está planteada la discusión mundial si la vacunación contra el letal virus debe se obligatoria, para alcanzar prontamente en todas las latitudes y para todas las poblaciones la inmunidad de rebaño.

Así lo percibe para Colombia Jorge E. Botero, en su columna “un presidente de extremo centro” (Semana 2/5/21): “Como la vacunación tendrá que ser obligatoria por razones de salud pública, conviene buscar un respaldo social amplio a esa estrategia; serviría para reducir las sanciones o restricciones que se tendrán que imponer a los remisos. La credibilidad del gobierno en esta materia tiene que ser elevada, pero, infortunadamente, registra algún deterioro… prueba evidente de falta de confianza en la acción gubernamental”.

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Igual argumenta Humberto de la Calle: “Pero ocurre que frente a una pandemia, y esta en particular, la negativa a vacunarse, dada la capacidad de contagio del virus, no es una decisión personal y autónoma en tanto y en cuanto pone en riesgo a la comunidad”. (El Espectador, 13/02/21).

Por ahora, la OMS no recomienda que los gobiernos impongan la obligatoriedad de la vacuna, porque “existen varias opciones de vacunas y ninguna posee las suficientes características para ser la recomendada oficialmente”.

En consecuencia, el formato propuesto por el Ministerio de Salud para el consentimiento informado es apropiado y en el párrafo correspondiente a Expresión de la voluntad, agrega la siguiente aclaración, que debe infundir seguridad sobre el procedimiento: “Entiendo que la suscripción de este documento constituye una expresión autónoma de mi voluntad, y que NO tiene por objeto eximir de responsabilidad a las autoridades sanitarias o gubernamentales ni a las entidades que participaron en la aplicación de la vacuna contra el SARS-CoV-2/COVID-19 de brindar la atención en salud que sea necesaria por la aparición de posibles reacciones adversas no reportadas”.

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Salvaguardando la libertad individual, nos corresponde a todos los ciudadanos acoger y defender el Plan de Vacunación como un bien común para la sobrevivencia del país, motivando la ilustración de los beneficios colectivos de la vacunación, aportando los testimonios que corrijan las narrativas malintencionadas contra la seguridad de las vacunas, para que quienes todavía perciben algún riesgo, acudan a cumplir ese deber ciudadano de protegerse, protegiendo a los demás.

Parche I. El rechazo unánime de la sociedad a la politización de la iniciación de la vacunación, por parte del gobierno, puede incidir gravemente en trasladar esa inconformidad a la no aceptación de las vacunas contra el COVID-19.

Parche II. En materia de salud pública, el presidente de la República no puede actuar en representación de su partido político, sino del bienestar de todos los ciudadanos, máxime cuando la pandemia ocurre en período preelectoral.

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