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La Federación Médica Colombiana y cerca de 140 organizaciones de la sociedad civil, con autoridad ética, intelectual y gremial, han rechazado en diversos escenarios el proyecto de ley 010 de reforma a la salud que cursa en el Congreso de la República, presentado por la bancada de Cambio Radical con mensaje de urgencia del Gobierno nacional, en connivencia con las EPS.
Si hay alguna facción política a la que se le conozcan incompatibilidades de dignidad y decoro para proponer reformas al sistema de salud es Cambio Radical, porque su fundador recibió dinero de la EPS Saludcoop para sus campañas, en hechos que son de conocimiento público.
Argumentar que dicho proyecto pretende convertirse en la reglamentación de la Ley Estatutaria de Salud, de 2015, es de un cinismo hirsuto, porque esta es diametralmente contraria al modelo de aseguramiento comercial de la salud, objeto no solo del proyecto en cuestión sino del aval del Ejecutivo, modalidad en que, precisamente, el ministro Fernando Ruiz ha acreditado su competencia.
El Ejecutivo y los ponentes del proyecto deberían regresar a la lectura profunda del artículo 4º de la Ley Estatutaria, que define el sistema de salud como “el conjunto articulado y armónico de principios y normas, políticas públicas, instituciones, competencias y procedimientos; facultades, obligaciones, derechos y deberes; financiamiento, controles, información y evaluación que el Estado disponga para la garantía y materialización del derecho fundamental de la salud”. Es decir: todo lo contrario al modelo vigente amparado por el gobierno Duque.
El literal g) del artículo 6º de la Ley Estatutaria establece la progresividad del derecho: “El Estado promoverá la correspondiente ampliación gradual y continua del acceso a los servicios y tecnología de salud, la mejora de su prestación, la ampliación de la capacidad instalada del sistema de salud y el mejoramiento del talento humano, así como la reducción gradual y continua de barreras culturales, económicas, geográficas, administrativas y tecnológicas que impidan el goce efectivo del derecho fundamental a la salud”.
En ese contexto, el proyecto 010 es totalmente retardatario y el Ejecutivo está desconociendo e incumpliendo su obligación de brindar la progresividad del derecho fundamental a la salud, emanado del artículo 49 de la Constitución Política.
Igual sucedió en los octenios anteriores. El contenido del articulado de la Ley Estatutaria fue el resultado del esfuerzo mancomunado de la sociedad civil, representada en la Gran Junta Médica, pero el derecho fundamental a la salud sigue siendo evadido por el Estado.
La frustración que este Gobierno ha generado en quienes aspiraban a que, finalmente, se lograría reformar el sistema de salud ha quedado patente con el aval otorgado a tan contradictorio y engañoso proyecto. Mencionar que “es el desarrollo de la Ley Estatutaria” es un enunciado malintencionado y una burla al respeto que se merecen los electores colombianos.
El manejo de la pandemia evidencia que para el Ejecutivo, la Superintendencia Nacional de Salud y los políticos lo que cuenta es que el negocio de la salud, intermediado por las EPS, se incremente y fortalezca, así se niegue la prestación oportuna de los servicios de salud, que ha implicado no solo la enfermedad, sino el fallecimiento de miles de compatriotas.
Parche. Desde su nombramiento en la cartera de Salud, se afirmó que el ciudadano Ruiz era la cuota de Cambio Radical para la gobernabilidad de Duque y con el aval al proyecto 010 lo está ratificando.