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                                                                                                                              ¿Quién manda en la salud?

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                                                                                                                              Contra esa falacia, se pronunció el médico Iván Manjarrez, (quien trabaja en urgencias en Barranquilla), y ha resultado positivo a COVID-19, por 51 días consecutivos. Declaró que anular la toma de la segunda prueba a los positivos de la enfermedad es atentar contra la salud pública. (Caracol Radio, Barranquilla, 31-07-20).

                                                                                                                              Otro médico, Jorge Iván Ospina, alcalde de Cali, en reportaje para El Tiempo (31-07-20), afirmó: “frente al COVID-19, las EPS hacen mal casi todo, ahora y de tiempo atrás”. Añadió: “No sirve de nada recibir un examen de COVID-19 post mortem, como está ocurriendo, o 10 y 15 días después de que el paciente fue infectado. Estas demoras hacen inane la posibilidad de tomar decisiones y hacer proyecciones y cercos epidemiológicos”.

                                                                                                                              Desconociendo estas evidencias, el Ministerio de Salud, obsecuente con la solicitud de Acemi, emitió los “lineamientos para el uso de pruebas moleculares rt-pcr, pruebas de antígeno y pruebas serológicas para sars-cov-2 (COVID-19) en Colombia”. (30 de julio, 2020). Tal lineamiento se resume en los literales: “e. El aislamiento preventivo obligatorio debe iniciarse con la presunción diagnóstica. No es necesario una prueba diagnóstica positiva para el inicio del aislamiento. f. En todo caso todo paciente con presunción debe estar aislado con su núcleo familiar. g. No deben exigir una prueba para COVID-19 para ingresar al trabajo. h. Una vez aprobadas las canastas de servicios y tecnologías en salud para pacientes con COVID-19, se suspenderá la prescripción de las pruebas a través del MIPRES. i. La incapacidad se dará para pacientes sintomáticos o asintomáticos en el cual (sic) exista un riesgo en su salud avalado y certificado por el profesional médico. j. Paciente que llegue a presentar síntomas o continúe sintomático será valorado y la toma de prueba será a criterio médico”. Es decir, el ministro Ruiz satisfizo a plenitud la orden impartida por el gremio de la salud-negocio.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Parche de inmenso dolor. El fallecimiento del doctor Nelson Contreras Caballero, víctima del implacable virus, es una sentida ausencia de interlocución en el propósito común de restablecer el derecho fundamental a la salud, eliminando el sistema del aseguramiento comercial, que no solo es corrupto, sino que genera corrupción. Nelson fue coherente, intelectual y moralmente, como salubrista con esta filosofía. Se retiró del Ministerio cuando Juan Luis Londoño inició la implementación de la Ley 100. Decano de la Facultad de Odontología de la Universidad Javeriana, promovió la reforma curricular, la modernización de la planta física, la Unidad de Investigación, la capacitación de los docentes con programas de maestría en ciencias biológicas. Fue asesor de la Comisión de Salud de la Academia Nacional de Medicina, de la Gran Junta Médica (que propuso la Ley Estatutaria de Salud de 2015), de la Corte Constitucional. En sus últimos días trabajaba en un nuevo proyecto de ley que conduzca a que la salud sea regida por la Ley Estatutaria. En su memoria, los integrantes de los gremios médicos deben continuar con este esfuerzo en beneficio de la salud de los colombianos. Esta columna seguirá plasmando sus ideas.

                                                                                                                              Read more!

                                                                                                                              Negar, entorpecer el proceso para la toma de las pruebas de COVID-19, o demorar la entrega de los resultados, ha sido una constante de las EPS, desde el pasado 25 de marzo. Tres meses después, el representante de ese gremio solicitó al Ministerio de Salud modificar el protocolo para la toma de las pruebas, argumentado que “el control epidemiológico, la trazabilidad de contactos y el eventual aislamiento preventivo se puede determinar con base en diagnósticos clínicos que no requieren confirmación de laboratorio”. (Acemi pide al Ministerio de Salud que modifique la toma de las pruebas de COVID-19. (La Repúbllica, 26-06-20).

                                                                                                                              Contra esa falacia, se pronunció el médico Iván Manjarrez, (quien trabaja en urgencias en Barranquilla), y ha resultado positivo a COVID-19, por 51 días consecutivos. Declaró que anular la toma de la segunda prueba a los positivos de la enfermedad es atentar contra la salud pública. (Caracol Radio, Barranquilla, 31-07-20).

                                                                                                                              Otro médico, Jorge Iván Ospina, alcalde de Cali, en reportaje para El Tiempo (31-07-20), afirmó: “frente al COVID-19, las EPS hacen mal casi todo, ahora y de tiempo atrás”. Añadió: “No sirve de nada recibir un examen de COVID-19 post mortem, como está ocurriendo, o 10 y 15 días después de que el paciente fue infectado. Estas demoras hacen inane la posibilidad de tomar decisiones y hacer proyecciones y cercos epidemiológicos”.

                                                                                                                              Desconociendo estas evidencias, el Ministerio de Salud, obsecuente con la solicitud de Acemi, emitió los “lineamientos para el uso de pruebas moleculares rt-pcr, pruebas de antígeno y pruebas serológicas para sars-cov-2 (COVID-19) en Colombia”. (30 de julio, 2020). Tal lineamiento se resume en los literales: “e. El aislamiento preventivo obligatorio debe iniciarse con la presunción diagnóstica. No es necesario una prueba diagnóstica positiva para el inicio del aislamiento. f. En todo caso todo paciente con presunción debe estar aislado con su núcleo familiar. g. No deben exigir una prueba para COVID-19 para ingresar al trabajo. h. Una vez aprobadas las canastas de servicios y tecnologías en salud para pacientes con COVID-19, se suspenderá la prescripción de las pruebas a través del MIPRES. i. La incapacidad se dará para pacientes sintomáticos o asintomáticos en el cual (sic) exista un riesgo en su salud avalado y certificado por el profesional médico. j. Paciente que llegue a presentar síntomas o continúe sintomático será valorado y la toma de prueba será a criterio médico”. Es decir, el ministro Ruiz satisfizo a plenitud la orden impartida por el gremio de la salud-negocio.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Parche de inmenso dolor. El fallecimiento del doctor Nelson Contreras Caballero, víctima del implacable virus, es una sentida ausencia de interlocución en el propósito común de restablecer el derecho fundamental a la salud, eliminando el sistema del aseguramiento comercial, que no solo es corrupto, sino que genera corrupción. Nelson fue coherente, intelectual y moralmente, como salubrista con esta filosofía. Se retiró del Ministerio cuando Juan Luis Londoño inició la implementación de la Ley 100. Decano de la Facultad de Odontología de la Universidad Javeriana, promovió la reforma curricular, la modernización de la planta física, la Unidad de Investigación, la capacitación de los docentes con programas de maestría en ciencias biológicas. Fue asesor de la Comisión de Salud de la Academia Nacional de Medicina, de la Gran Junta Médica (que propuso la Ley Estatutaria de Salud de 2015), de la Corte Constitucional. En sus últimos días trabajaba en un nuevo proyecto de ley que conduzca a que la salud sea regida por la Ley Estatutaria. En su memoria, los integrantes de los gremios médicos deben continuar con este esfuerzo en beneficio de la salud de los colombianos. Esta columna seguirá plasmando sus ideas.

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