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¡Qué importante es el acuerdo sobre justicia obtenido en La Habana!
Naturalmente, es necesario asimilar todas sus aristas y detalles, pero en esencia consiste en: a) la creación de una jurisdicción especial frente a la cual los acusados (de todos los bandos) de cometer crímenes graves puedan confesarlos; b) penas alternativas (entre cinco y ocho años) para aquellos que digan la verdad; c) lugares alternativos donde puedan cumplirse esas penas. Adicionalmente, las partes pusieron una fecha máxima para finalizar el conflicto, y acordaron la dejación de las armas. Esta fórmula, usada con éxito en otras partes, consiste en que la guerrilla no le entrega sus trebejos al Estado, sino a terceros, o las ponen en depósitos a los que sólo terceros podrían acceder.
No creo que el acuerdo pueda presentarse al país como “paz sin impunidad”: el factor alternativo prevalece. Como sostuve desde el principio, esto tenía que ser así. Las dos partes buscaron con seriedad construir un área de intersección en donde sus preocupaciones mutuas pudieran estar presentes, y lo lograron. Diría más bien que se trata de “paz contra la impunidad”. O, si se quiere ponerlo en términos transaccionales, de un intercambio entre castigo y verdad con un gran potencial transformador. En efecto, de implementarse bien, esa manera de tramitar los crímenes de guerra podría permitir a la sociedad colombiana sincerarse con lo que sucedió en estas décadas, y a la vez ir creando rutinas, marcos mentales y diseños institucionales que nos den la posibilidad de salir de los altísimos niveles de impunidad en los que nos encontramos. En estado de guerra, inevitablemente, amplios sectores de la opinión, de las instituciones y del sistema político, se dedican a denunciar a los matones si son del enemigo, y a defender a los matones si son de su bando. Esto también sucede a nivel micro, a lo largo de líneas divisorias que no son reconocibles por las miradas nacionales. Una de las grandes promesas de la paz es que permita debilitar y en algún momento superar tales dinámicas.
Así, pues, acuerdo alternativo contra la impunidad. Por eso Ordóñez y Uribe están tan alarmados. El primer caso es en esencia una anécdota; apenas termine su período, Ordóñez, con sus torpes calumnias y prejuicios, volverá a la oscuridad de donde nunca hubieran debido sacarlo (claro: de pronto estas son cuentas alegres. Ya veremos). El caso de Uribe es distinto. El caudillo paisa tiene una base social y electoral grande y duradera. Su oposición acerba al acuerdo sería tanto comprensible como atribuible a las rutinas democráticas, si no fuera por un detallito: la cláusula del “golpe de Estado”. En efecto, tanto Uribe como su corte de turiferarios han ido aplicando cada vez más la expresión a lo que sucede ahora en Colombia. Las contabilidades por partida doble en las que incurren para poder usarla (Uribe fue el caudillo del reeleccionismo y del cambio audaz de las reglas de juego para favorecerse a sí mismo) son tan obvias como enojosas. Pero más allá de esa observación está el punto siguiente: si se ha dado un golpe de Estado, la oposición tiene el derecho de acudir a medios que le estarían prohibidos frente a un Gobierno legítimo. ¿Quiere decir esto que Uribe camina hacia la subversión? No. Pero se permite tener abierta la posibilidad del uso de la “acción intrépida”, a la Laureano, mientras goza de todas las ventajas de la legalidad (algo que siempre ha hecho).
Si alguien se había hecho la ilusión de que la aprobación de los términos de la paz, que terminará un conflicto de cuatro o cinco décadas, no iba a estar precedida de una dura lucha política, se equivocó. Enfrentamos ahora dos grandes tareas: dotar al acuerdo de músculo político, y aterrizar técnicamente sus principales proposiciones.
