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Emergencia social

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Hernán González Rodríguez
25 de mayo de 2010 - 04:50 a. m.
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Espero que la Corte Constitucional haya acertado en el mediano plazo al desmontar el decreto de la Emergencia Social y mantener hasta el 16 de diciembre próximo los impuestos establecidos al amparo de dicha Emergencia.

Es de esperar que el Gobierno y el Congreso puedan comenzar a corregir, entre tanto, las monumentales fallas de nuestro Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuya sigla es Sgsss.

Apremia corregir, por ejemplo, las elevadas demandas de financiación del Sgsss por culpa de la desacertada Sentencia la T-760 de la Corte Constitucional, por medio de la cual obligó la Corte al Estado a igualar los servicios de salud entre el régimen contributivo y el subsidiado.

Tal universalización de servicios le cuesta hoy al país unos 6 billones de pesos adicionales por año, según la Contraloría General de la República. La senadora Cecilia López estima el déficit del sector entre siete y diez billones, tres reformas tributarias, y con los decretos de la Emergencia aludida sólo se iban a adicionar insuficientes 1,5 billones.
 
Apremia conjugar el ideal de la salud de calidad y para todos con un plan con viabilidad financiera de servicios básicos y mejorables con el tiempo.  Se sospechan intermediaciones escandalosas con los recursos de la salud.  Se debe establecer en forma científica la relación entre autonomía médica, costos y efectividad de los tratamientos complejos que recetan.  Indispensable se estima controlar las tutelas injustificadas como las que demandaron cerca de $50.000 millones el año pasado para hormonas de crecimiento o para tratamientos estéticos, con la complicidad de ciertas EPS… Ojalá no se repita, ante las monumentales reformas posibilitadas por la Corte, lo que sucede con las reformas tributarias, las cuales resultan ser cada vez más inadecuadas. 

Chile, Colombia y Brasil y Colombia, ya le dedican (7%, 7,3%, 7,7%) de su PIB al sector de la salud. Los asiáticos le asignan un 5%. Los europeos cerca del 12% y los Estados Unidos el 16%. Pero el gran problema de Colombia estriba en que sólo un tercio de la población paga o contribuye al Sgsss. Cuando se aprobó la Ley 100 de 1993 se daba por inevitable que muy pronto tendríamos solamente un tercio de la población por fuera del régimen contributivo.  Subsidiar este tercio se consideraba viable y obligatorio.

Como por ese entonces soñábamos con más corazón que cerebro, se inició el Sisbén para subsidiar la salud de los pobres. Pero al poco andar se evidenció que numerosos colombianos "sisbenizados" no permitían que los patronos los ingresaran al Sgsss cuando los empleaban, porque preferían contar a largo plazo con su  Sisbén, si acaso llegaren a perder su empleo formal.  Todavía marchamos hoy en la realidad contra las hipótesis del párrafo anterior.

Como es sabido, la retención de los salarios mensuales del tercio contributivo de los  colombianos figura hoy en 12,5% y aparece como la retención para salud más alta de América Latina. Insisto en mi antiguo argumento, para subsidiar los dos tercios de colombianos restantes se requeriría retenerles a los pocos que sí aportan el triple, un 37,5%. Y para atenderlos sin limitaciones y con calidad como insiste la, al parecer, desinformada Academia Nacional de Medicina, habría que retener un quimérico 50% del salario mensual del reducido sector contributivo.

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