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La posesión de Abelardo

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Hernando Gómez Buendía
26 de julio de 2026 - 05:00 a. m.
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Llegan los congresistas. Llegan los magistrados de las altas cortes. Llegan los embajadores. Llega el rey Felipe VI de España. Llegan los presidentes invitados. Las cámaras de televisión transmiten en directo. Todo está listo para la posesión presidencial.

Pero la puerta de la base militar no se abre.

El comandante recibió una orden del presidente de la República: esa instalación militar no será utilizada para la ceremonia. Mientras Gustavo Petro siga siendo el comandante supremo de las Fuerzas Armadas, ningún oficial colombiano puede desobedecer esa orden. ¿Qué debería hacer? ¿Desobedecer al comandante de las Fuerzas Armadas para obedecer a un presidente que todavía no ha asumido el cargo?

La respuesta es obvia. Y, sin embargo, Abelardo de la Espriella propone realizar allí su posesión. Sorprende y desconsuela que un abogado tan famoso desconozca un principio tan elemental del derecho.

El presidente de la República es el comandante de las Fuerzas Armadas. Esta no es una frase de la Constitución colombiana. Es la condición para que exista un Estado. Si dos personas pudieran mandar simultáneamente sobre el Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea, el Estado dejaría de existir y comenzaría la guerra civil.

Por eso Gustavo Petro seguirá siendo el comandante de las Fuerzas Armadas hasta el último segundo de su mandato. El presidente electo no ejercerá ese mando un segundo antes de prestar el juramento constitucional.

El Congreso puede decidir dónde sesiona. Lo que no puede decidir es que un presidente que no se ha posesionado pueda darle órdenes a un militar colombiano. Las Fuerzas Armadas no reciben órdenes del presidente electo, ni de los congresistas, ni de los invitados extranjeros. Reciben órdenes del presidente de la República.

¿Alguien imagina al rey de España pidiéndole a un oficial colombiano que desobedezca al jefe del Estado colombiano? ¿O a un presidente extranjero alentando a un comandante militar a romper la disciplina de su propia institución? Precisamente porque son jefes de Estado, harían lo contrario: respetarían la autoridad del presidente en ejercicio hasta el instante mismo en que concluya su mandato.

Las ceremonias de transmisión del poder existen precisamente para señalar ese instante con absoluta claridad. Antes del juramento hay un solo presidente. Después del juramento hay otro. Nunca los dos al mismo tiempo.

Ese principio no protege a Gustavo Petro. Tampoco protegerá a Abelardo de la Espriella cuando llegue a la Casa de Nariño. Protege la existencia del Estado colombiano.

*Director de “Razón Pública”.

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