El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

El viacrucis del cristo de la Sala Plena

John Galán Casanova

04 de abril de 2026 - 12:05 a. m.

Elaborado en madera y porcelana, con nueve centímetros de profundidad, 38 de ancho y 51 de alto, el cristo llegó a la Sala Plena de la Corte Constitucional en julio de 1999 por una iniciativa del magistrado de tendencia conservadora Vladimiro Naranjo que en la Sala solo fue objetada por su colega Carlos Gaviria Díaz, quien se declaró no creyente.

PUBLICIDAD

Allí permaneció colgado durante 25 años, siendo testigo de sentencias trascendentales para el país como las de la despenalización del aborto, el permiso al porte de la dosis mínima, y las aprobaciones, tanto del matrimonio de parejas del mismo sexo como de la adopción homoparental.

En 2016, un abogado del despacho del magistrado Luis Guillermo Guerrero formuló un derecho de petición donde sostuvo que, para proteger los derechos fundamentales de los funcionarios de la Corte Constitucional de una religión distinta a la católica, el cristo debía ser retirado. Alegando que, más que un símbolo religioso, el cristo era una obra de arte que tenía un valor histórico, en ese momento la Sala Plena votó 6–3 a favor de conservarlo.

En 2022, Daniel Solano, estudiante de tercer semestre de derecho de la Universidad del Rosario, presentó la primera tutela de su vida reclamando que, dada su condición de ateo, la presencia del cristo en la Sala Plena vulneraba sus derechos a la igualdad y la dignidad. Como jueza de la tutela, la Corte Suprema solicitó un informe a la Corte Constitucional acerca del carácter histórico y cultural del crucifijo.

Read more!

Cristina Pardo, la entonces presidenta de la corporación, conceptuó, al igual que su antecesora María Victoria Calle en 2016, que el susodicho cristo no comprometía la objetividad ni la imparcialidad de la Sala Plena, y que tenía un valor histórico por estar colgado allí desde 1999, y un valor cultural porque había sido elaborado por un reconocido artesano de la Candelaria, de cuyo nombre, no obstante, nadie supo dar razón.

Daniel Solano no claudicó. Después de que se la hubieran negado en primera y segunda instancia, logró que su tutela pasara a revisión de la Corte Constitucional, donde el magistrado ponente Miguel Polo le dio la razón, reconociendo que la presencia de un crucifijo en el recinto donde se debaten las controversias jurídicas más importantes del país vulnera los principios de laicidad y neutralidad religiosa.

Lo extraño es que, para cuando se dio a conocer esta sentencia, en noviembre del año pasado, el cristo ya no estaba allí. Coincidiendo con una remodelación de las instalaciones del Palacio de Justicia, fue retirado en julio de 2024 mediante una disposición administrativa, no judicial. De ese modo, subrepticiamente, en la corporación pretendieron desembarazarse del polémico inquilino sin el revuelo de un fallo como el que hoy deja en entredicho sus posturas de 2016 y 2022.

Aunque el cristo ya había sido entregado para su custodia al arzobispo de Bogotá, y por lo tanto se estaba ante un hecho superado, esta vez la Sala Plena decidió pronunciarse de fondo para desarrollar los principios de laicidad y neutralidad religiosa que garantizan la libertad de conciencia y la libertad de cultos en Colombia.

Esta histórica sentencia de unificación exhorta a las autoridades judiciales del país para que, en los recintos donde deliberan y administran justicia, “eviten incurrir en actuaciones como la que aquí se examinó”, y se abstengan de ubicar elementos religiosos que puedan excluir otros sistemas morales o que carezcan de una justificación secular verificable, consistente y suficiente.

Semejante viacrucis se le hubiese podido evitar al cristo de la Sala Plena si, en 1999, el magistrado Vladimiro Naranjo no hubiera cometido la incongruencia de entronizar el símbolo de su credo personal en el máximo tribunal constitucional de una nación que pugna por reconocerse, ya no como el país católico, apostólico y romano de la Constitución de 1886, sino como el Estado laico, plural y diverso de la Constitución de 1991.

No ad for you

Por John Galán Casanova

Poeta y ensayista bogotano. Premio nacional de poesía joven Colcultura, 1993. Premio internacional de poesía "Villa de Cox", 2009.
Conoce más
Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.