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El tortuoso acceso a la información pública

Juan Carlos Gómez
31 de agosto de 2020 - 02:00 a. m.

Hace casi 40 años, al cabo de varios procesos judiciales promovidos por abogados y periodistas como Alberto Donadio y Daniel Samper, se empezó a garantizar en Colombia la posibilidad de acceder a la información en poder de las autoridades.

Gracias a esos antecedentes, y a una adecuada evolución normativa, hoy en día existen mecanismos que protegen efectivamente el derecho a acceder a la información pública, incluso a través de la acción de tutela, en amparo del derecho fundamental de petición. Sin embargo, en muchos casos, las autoridades no permiten que esa información fluya, la ocultan o siembran obstáculos para impedir su conocimiento oportuno.

La Ley de Trasparencia (1712 de 2014) consagra el principio de máxima publicidad y obliga a las entidades a tener en la web a disposición del público la información que detentan (artículo 7) y la información mínima respecto de la estructura del sujeto obligado (artículo 9). Valdría la pena verificarlo en todas y cada una de las entidades públicas, que al parecer casi ninguna está cumpliendo esas obligaciones.

Entonces, cuando la información no está disponible -que es lo común-, el interesado debe solicitarla por derecho de petición. La entidad se pueda tomar hasta 10 días hábiles para responder. Un insólito plazo del siglo pasado en plena era de la información.

En estos tiempos en que el control ciudadano y la labor de la prensa son indispensables para la supervivencia de la democracia, resulta kafkiano lo que sucede cuando una entidad pública, alegando reserva, se niega a entregar un determinado documento o información. Si el interesado insiste en su solicitud, se tramita un exótico recurso judicial de insistencia en el que el ciudadano no puede participar y cuya decisión no puede recurrir.

Valga recordar que, con la bendición de la Corte Constitucional, la citada Ley de Trasparencia (artículo 19) creó varios motivos de reserva en temas como la administración de justicia, la salud pública y la estabilidad macroeconómica y financiera del país. Es decir, los temas más críticos de la actual agenda nacional. Si bien esa reserva requiere una norma legal o constitucional que la consagre, existe un peligroso margen de discrecionalidad.

@jcgomez_j

 

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