La Corte Constitucional se crea en Colombia en el año mil novecientos noventa y uno con el propósito de reflexionar sobre el caso concreto, y muchas veces límite, que escapó a la previsión del legislador; considerando que la vida social, siempre rica y en movimiento, no puede cercarse con la rigidez de la ley. Los temas constitucionales de importancia radical que dirimen las cortes giran, fundamentalmente, en torno al problema de la igualdad.
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La mayoría de las discusiones y de los debates jurídicos más decisivos que en las últimas décadas se han librado en el país se han dirimido en la Corte Constitucional y las sentencias que allí se han proferido han significado un amparo para diversas minorías históricamente excluidas o atacadas.
No cabe duda de que una de las voces más autorizadas que, desde la Corte, ha velado por la protección de tales derechos es la de Alberto Rojas Ríos, antiguo magistrado y presidente de la Corte, además de ponente de diversas sentencias que pretendían amparar los derechos de minorías desvalidas o vulnerables. De entre sus ponencias más recordadas cabe destacar sus sentencias en torno al respeto a la diversidad sexual (2016), a la libertad de conciencia fundada en la convicción religiosa (2016), a la despenalización del aborto hasta la semana veinticuatro (2020) y al matrimonio igualitario (2016). Estas reflexiones, siempre ricas y sugerentes, se reunieron en un volumen titulado, en consonancia con todo lo expuesto, El poder de las minorías en la Corte Constitucional de Colombia. El libro tiene un prólogo del renombrado jurista italiano Gustavo Zagrebelsky, recordado en nuestro medio por títulos como El derecho dúctil o La ética de la verdad. En este prólogo sugerente y fecundo, en el que estudia las razones históricas y hasta las justificaciones filosóficas para la creación de una jurisdicción de este tipo, señala la «variedad y audacia de esta jurisprudencia, que sitúa a la Corte Constitucional colombiana a la vanguardia de las experiencias de justicia constitucional». En su visión jurídica —cristalizada en sus disquisiciones sobre la vida, la dignidad, la igualdad, las libertades individuales, la justicia social o la solidaridad— trasluce el espíritu pluralista y liberal de Alberto Rojas Ríos.
El libro no es sólo o, mejor, no es tanto una compilación de sentencias de la Corte Constitucional como un retrato de la transformación social y filosófica que en las últimas décadas ha mutado la fisonomía del país y la comprensión de sus realidades a la luz de los derechos fundamentales.
Juan David Zuloaga