Los comunicados de las empresas de servicios públicos dejan mucho que desear.
Hace unos días recibí una notificación de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá que parecía de la mayor gravedad. En ella anunciaban: «Con la intención de prestarle un mejor servicio queremos informarle que le realizaremos una visita (sin costo) el día 31-mar-23 en la jornada AM, ya que hemos detectado una variación significativa en su consumo con relación a su promedio de los últimos seis meses, lo que puede corresponder a varios factores y que vamos a ayudarle a identificar».
El asunto parecía grave: se había roto un tubo, había una fuga de agua o quizás tenía un inquilino nuevo de cuya presencia no me había percatado. El comunicado continuaba:
«Solicitamos su valiosa colaboración para que el funcionario de la Empresa pueda entrar a su predio y revise: 1. Información técnica de su medidor […] 2. Instalaciones hidráulicas […] 3. Características del predio. 4. Cambios significativos en la rutina del uso del servicio (visitas, vacaciones, hábitos, etc.) 5. Requerimos que durante la visita le facilite al funcionario la última factura de cobro, para verificar su consumo promedio y determinar la causa de la desviación». De lo cual se infería que un funcionario de la Empresa de Acueducto iba a vivir unos días en mi casa para verificar los hábitos de consumo e higiene y, dada la gravedad del comunicado, parecía también que había que demoler el edificio para construir uno nuevo. Como mínimo sufriría un desalojo.
Remataban la carta diciendo: «Atender la visita es de carácter obligatorio y es necesario traer a colación la cláusula 13 del Contrato de Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado (CSP), numeral 10, que señala que el suscriptor y/o usuario se obliga a PERMITIR la revisión de las instalaciones internas y es para su beneficio.[…] La cláusula 29 precisa que la Empresa procederá a la SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO, sin que se derive responsabilidad alguna cuando se incumpla en el numeral antes señalado».
Todas las mayúsculas y las negrillas están en el original. Había pues que modificar toda la jornada de trabajo, no desplazarse a la oficina, cancelar reuniones y sentarse a esperar la aparición del funcionario a cualquier hora (jornada AM decía el comunicado), y muy probablemente, dada la ‘variación significativa en su consumo con relación a su promedio de los últimos seis meses’, habría que emprender reformas costosas en el predio, tumbar paredes, buscar fugas, reemplazar tubos... De modo que, con mucho temor, esperé la visita del funcionario. Cuando apareció para la revisión anunciada, lleno de nervios y con una angustia indecible, le pregunté: ‘¿Qué pasó?, ¿a qué podrá deberse la variación en el consumo?’ ‘No, tranquilo —respondió—, es que la semana pasada no pudimos hacer la lectura del contador’.
Aparte de que parecen indecorosos el tono, las admoniciones y las mayúsculas para anunciar una lectura ordinaria del consumo mensual, no parece legal esgrimir motivos falsos para que hagan perder el tiempo del inquilino en una lectura del contador que, por supuesto, no reclama su presencia. Parece ilegal, digo, porque en Colombia se presume la inocencia; podría presumirse, además, la decencia.