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Alrededor del proceso constituyente de la Universidad Nacional de Colombia, aprobado mediante el Acuerdo 003 de 2025 del Consejo Superior Universitario (CSU), empieza a darse un debate necesario para la educación superior en el país.
Cinco son los objetivos que se pretenden alcanzar, relacionados con la composición y funciones de los cuerpos colegiados, la elección y designación de las autoridades académicas, los mecanismos y formas de participación, la cultura política democrática y el reconocimiento de las organizaciones de la comunidad universitaria.
El término “constituyente”, que viene siendo utilizado desde hace más de tres décadas en las universidades públicas colombianas, ha sido cuestionado por quienes lo restringen a su significado jurídico más limitado, es decir, a la adopción de una constitución política. Esta visión ignora su sentido más amplio: la capacidad autónoma de una comunidad para establecer las condiciones políticas y jurídicas que garanticen la convivencia pacífica de sus integrantes. Se intenta desvirtuar así la decisión adoptada por la dirección de la UNAL, orientada a reformar el gobierno y la vida universitaria por los canales institucionales, con la participación de los diferentes estamentos y en diálogo con la sociedad.
En el proceso constituyente se pretende democratizar el gobierno y la vida universitaria. Tal propósito no implica que la UNAL no esté trabajando los temas académicos del plan de acción institucional, olvidados o ignorados por los críticos de la propuesta. Por ejemplo, la agenda científica, artística y cultural para la transformación social; el proyecto UNAL-País destinado a integrar las funciones misionales desde los territorios; las reformas participativas de los posgrados y la extensión, o la política de economía circular destinada a mejorar las condiciones de alimentación y nutrición de las y los estudiantes, para solo mencionar unas pocas acciones dentro del Plan Global de Desarrollo 2025-2027.
El gobierno universitario no puede limitarse al mérito académico. Quienes gozan de mayor reconocimiento en un campo del saber no son necesariamente los más aptos para dirigir una institución de educación superior. La dimensión política en las universidades tiene una especificidad que resulta insensato negar. En función de ella, los integrantes de la comunidad, heterogéneos y dispares, seleccionados por mérito académico o administrativo, adoptan decisiones colectivamente vinculantes, definen el sentido de los proyectos comunes, garantizan la convivencia, regulan las relaciones de poder y tramitan la resolución o cualificación de los conflictos.
Reducir la democracia a la organización política de las naciones o las sociedades amplias y descartar su sentido más general —la participación de los integrantes de una comunidad o una asociación en la toma de decisiones colectivas, sobre principios como la igualdad, la libertad o la solidaridad— implica subvalorar lo político y lo jurídico en la vida universitaria. Las instituciones de educación superior están constituidas por comunidades mediadas por el mérito, pero también caracterizadas por la pluralidad y diversidad que fundamenta lo político.
Asimismo, limitar el debate democrático en las universidades a la elección popular de los rectores, que es apenas una de las opciones discutidas en el proceso constituyente de la UNAL, para luego descalificarla, implica incurrir en una parodia argumentativa. No es cierto que las mejores universidades del mundo sean ajenas a las formas democráticas de gobierno. Solo como referencia, y sin considerar la tradición democrática latinoamericana iniciada con la Reforma Universitaria de Córdoba en 1918 o la experiencia europea continental, el 50 % de las “diez mejores universidades públicas del mundo”, clasificadas por el QS World University Rankings 2024-2025, tienen gobiernos universitarios democráticos, sin que el mérito académico se haya visto afectado. Así sucede con Oxford, Cambridge, el Colegio de Londres o la Universidad de California en Berkeley.
*Rector de la Universidad Nacional de Colombia.
