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                                                                                                                              La paradoja de Andrés Felipe Arias y “Santrich”

                                                                                                                              El caos de la legislación en Colombia generó esta semana una absurda paradoja. Mientras Santrich huía de la justicia pese a que se le han dado todas las garantías, Andrés Felipe Arias, que ni siquiera tuvo segunda instancia, fue extraditado por los Estados Unidos. Pero la ironía no termina ahí. Mientras Santrich fue uno de los cabecillas del Bloque Caribe al cual la Fiscalía le atribuyó múltiples crímenes, Arias apenas tiene un caso en su contra derivado de una sentencia muy débil en pruebas y con fundamentos jurídicos muy cuestionables.

                                                                                                                              Si bien la sentencia condenatoria tiene más de 400 páginas, el caso de Arias se resume de manera muy sencilla. De una parte, fue condenado por celebración indebida de contratos por haber firmado tres convenios interadministrativos con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura. La Corte cuestiona que para celebrar estos convenios no se hubiera aplicado el Estatuto de Contratación Pública; sin embargo, es claro no era necesario hacerlo, pues se trata de otra entidad pública reconocida desde 1949 como un organismo de la Organización de Estados Americanos. En toda Latinoamérica se han celebrado miles de convenios con esa entidad sin necesidad de licitación, pues se trata de un asunto de cooperación internacional.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Lo único que está pidiendo la familia de Arias es que la sentencia tenga una doble instancia con razones muy claras: 1. El artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos señala que todo condenado tiene derecho a recurrir la sentencia ante juez o tribunal superior. 2. El artículo 29 de la Constitución afirma que toda persona tiene derecho a impugnar la sentencia condenatoria. 3. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Liakat Ali Alibux vs. Surinam y la Corte Constitucional en la sentencia C-792 de 2014 señalan que toda persona tiene derecho a la doble instancia. ¿Por qué la mayoría de las organizaciones dedicadas a la defensa de derechos humanos sacan siempre las decisiones de la Corte Interamericana cuando se violan los derechos de determinadas personas y frente a Santrich pedían todas las garantías y en este caso han hecho la vista gorda? ¿Será que los derechos humanos solo son para determinadas personas?

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El caos de la legislación en Colombia generó esta semana una absurda paradoja. Mientras Santrich huía de la justicia pese a que se le han dado todas las garantías, Andrés Felipe Arias, que ni siquiera tuvo segunda instancia, fue extraditado por los Estados Unidos. Pero la ironía no termina ahí. Mientras Santrich fue uno de los cabecillas del Bloque Caribe al cual la Fiscalía le atribuyó múltiples crímenes, Arias apenas tiene un caso en su contra derivado de una sentencia muy débil en pruebas y con fundamentos jurídicos muy cuestionables.

                                                                                                                              Si bien la sentencia condenatoria tiene más de 400 páginas, el caso de Arias se resume de manera muy sencilla. De una parte, fue condenado por celebración indebida de contratos por haber firmado tres convenios interadministrativos con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura. La Corte cuestiona que para celebrar estos convenios no se hubiera aplicado el Estatuto de Contratación Pública; sin embargo, es claro no era necesario hacerlo, pues se trata de otra entidad pública reconocida desde 1949 como un organismo de la Organización de Estados Americanos. En toda Latinoamérica se han celebrado miles de convenios con esa entidad sin necesidad de licitación, pues se trata de un asunto de cooperación internacional.

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                                                                                                                              Lo único que está pidiendo la familia de Arias es que la sentencia tenga una doble instancia con razones muy claras: 1. El artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos señala que todo condenado tiene derecho a recurrir la sentencia ante juez o tribunal superior. 2. El artículo 29 de la Constitución afirma que toda persona tiene derecho a impugnar la sentencia condenatoria. 3. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Liakat Ali Alibux vs. Surinam y la Corte Constitucional en la sentencia C-792 de 2014 señalan que toda persona tiene derecho a la doble instancia. ¿Por qué la mayoría de las organizaciones dedicadas a la defensa de derechos humanos sacan siempre las decisiones de la Corte Interamericana cuando se violan los derechos de determinadas personas y frente a Santrich pedían todas las garantías y en este caso han hecho la vista gorda? ¿Será que los derechos humanos solo son para determinadas personas?

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Ver todas las noticias
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