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Indignación y justicia privada

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Mauricio García Villegas
04 de febrero de 2023 - 02:05 a. m.

La semana pasada me quedé a mitad de camino con el tema de la cancelación. Decía que hay que diferenciar dos casos: 1) cancelar a alguien que supuestamente cometió un delito y 2) cancelar para silenciar a alguien por estar en desacuerdo con lo que dice. Esto último no tiene justificación; no existe delito de pensamiento. Pero, dada la manera como se cancela y hablando en términos generales, ambos casos son reprochables y eso debido al afán de los canceladores por obtener un castigo inmediato, máximo y sin apelación, lo cual...

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