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Cuando la justicia falla

Óscar Alarcón

19 de febrero de 2018 - 11:55 p. m.

Un país que se precia de ser democrático no puede darse el lujo de decidir casi cuatro años después quiénes fueron elegidos a una corporación de elección popular. Ocurrió con un reciente fallo del Consejo de Estado, organismo que solo ahora se pronunció sobre una demanda contra la elección de tres senadores en los comicios de 2014. Quienes se desempeñaron fraudulentamente (y devengaron el sueldo respectivo) salen en vísperas de los nuevos comicios, y quienes ingresan legalmente solo tendrán oportunidad de cumplir sus funciones por el escaso tiempo que resta del período.

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El máximo organismo de lo contencioso administrativo ha manifestado que la ilegalidad se debió a que la tinta de los tarjetones se corrió, como si en esta democracia el problema no fuera de mermelada (que se derrama a borbotones), sino de tinta. ¡Qué excusa tan extinta! El partido afectado fue el MIRA, que tras cuatro años de paciente espera quedó miope.

Todo lo anterior, a pesar de que el artículo 264 (Acto Legislativo número 1 de 2003) dice que la jurisdicción contenciosa administrativa decidirá la acción de nulidad electoral en el término máximo de un año. “En casos de única instancia —como es el que nos ocupa—, según la ley, no podrá exceder de seis meses”. Luego seis meses se convirtieron en cuatro años.

Pero, como si fuera poco el atraso, la vocera del Consejo de Estado y un comunicado de prensa se atrevieron a decir quiénes eran los tres senadores que salían por fraude. Dos de ellos no lo hicieron, debido a algunos movimientos producidos por renuncia; luego los últimos no eran los últimos, sino penúltimos. Les tocó rectificar y hacer fe de erratas.

Y todavía dicen que nuestra justicia no falla.

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