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El tratado de extradición

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Óscar Alarcón
05 de marzo de 2019 - 05:00 a. m.
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La justicia norteamericana acaba de negar el envío de las pruebas que tiene contra Santrich, alegando que el tratado de extradición suscrito con Colombia no la obliga por cuanto basta con el indictment (acusación). Lo más importante de esa decisión es que digan que el tratado está vigente, cuando hay quienes sostienen lo contrario. Esa, por lo demás, es la tesis de los abogados del exministro Andrés Felipe Arias.

Ese tratado cuenta con una larga historia. Lo suscribió Virgilio Barco como embajador en los Estados Unidos, el 14 de septiembre de 1979. Luego, el ministro de Gobierno, Germán Zea Hernández, en calidad de ministro delegatario, sancionó la Ley 27 de 1980 que le dio vigencia, porque el presidente Julio César Turbay se hallaba fuera del país. Los extraditables de la época lo demandaron ante la Corte Suprema de Justicia, porque entonces no existía la Corte Constitucional. El argumento era que la competencia correspondía al presidente de la República y no al ministro delegatario. Siendo Barco presidente, la revivió y extraditó a Carlos Ledher Rivas. Vino la Constitución de 1991 que prohibió la extradición de nacionales, pero luego esa norma se derogó.

El tratado quedó, aparentemente, sin valor ante la legislación nacional, pero vigente internacionalmente porque los tratados son para cumplirse y no pueden desconocerse unilateralmente (pacta sunt servanda). Para las extradiciones a los Estados Unidos, Colombia aplica el Código de Procedimiento Penal, pero el país del norte acude al tratado, como acaba de hacerlo ahora en la negación de las pruebas de Santrich, y como reiteradamente se lo ha dicho al exministro Arias.

Colombia jamás lo ha denunciado, razón por la cual los Estados Unidos lo consideran vigente. ¿Cómo se resolverá este entuerto? Difícil, porque hay un ciego de por medio. Y ahora un tuerto, el tuerto Gil.

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