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Referendo y plebiscito

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Óscar Alarcón
27 de mayo de 2025 - 05:05 a. m.
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Varios lectores y amigos me llamaron la atención porque en mi columna anterior, al referirme a la primera consulta que se hizo en Colombia en diciembre de 1957, hablé de referendo y no de plebiscito. La verdad es que fue un “gazapo” adrede porque yo, cuando comento esa convocatoria, prefiero hablar de referendo y no de plebiscito.

La confusión entre nosotros nació porque ese procedimiento no existía en la Constitución que se pretendía revivir —la de 1886— y tampoco en las que la antecedieron. El profesor francés Maurice Duverger, que tuvo muchos discípulos colombianos en los años sesenta y setenta, definía el plebiscito como el voto de confianza personal a un hombre (el gobernante), siendo que el referendo es la aprobación o el rechazo a un texto. Por consiguiente, anotaba, la mayoría de las veces el referendo se coinvierte en plebiscito. ¿Por qué? Porque cuando el gobernante sometía a consideración del pueblo un texto al votarlo o rechazarlo, se convertía en un plebiscito en favor del gobernante, como sucedió muchas veces con el general De Gaulle.

En 1957 se votó a favor del texto que se proponía la adopción del Frente Nacional, luego fue un referendo. La consulta sobre el proceso de paz en el gobierno de Santos no fue un referendo sino un plebiscito que le resultó adverso porque fue un rechazo —muy escaso, por cierto— a la confianza personal del mandatario. Aquí se observa claramente la diferencia entre ambos conceptos.

En el caso que se discute en el Senado sobre las reformas laboral y de la salud, no hay plebiscito ni referendo, sino una consulta, que es un mecanismo de participación por medio de la cual se hace una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, para que el pueblo se pronuncie.

Y yo me pregunto, ¿qué buscan con esa consulta que para mí no conduce a nada? Lo que preguntan ya está resuelto o en trámite legislativo.

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Mario Giraldo(196)27 de mayo de 2025 - 10:10 p. m.
La democracia directa le permite a la gente votar por cambios en las leyes sin necesidad de legislativo. Un poquito mas costoso, pero efectivo. Si el congreso no resuelve, o las cortes le hacen veto, la consulta es una buena alternativa.
  • Jairoval(07497)28 de mayo de 2025 - 04:06 p. m.
    Las cortes no están vetando... hacen un control de legalidad y constitucionalidad que es muy distinto y necesario en un estado social de derecho
Lucila Castro de Sanchez(60806)27 de mayo de 2025 - 08:44 p. m.
Atenas pide amot a gritoooossssss !!!!!
William Velasco velez(16260)27 de mayo de 2025 - 04:23 p. m.
Comparto la columna.
José Tiberio Gutiérrez Echeverri(70717)27 de mayo de 2025 - 03:28 p. m.
"¿Qué buscan con esa consulta que para mí no conduce a nada?" Ni tan ingenuo que queme santos, ni tan santo que me deslumbre.
eudoro echeverri quintana(79178)27 de mayo de 2025 - 01:51 p. m.
La naturaleza de lo ocurrido en 1957 fue bifronte, tuvo de referendo el artículo 13 porque era pregunta relativa a la reforma constitucional y plebiscito por el artículo 10 que era esencialmente política.
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