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Una de las reformas legales más importantes de los últimos años, impulsada desde el Congreso de la República y también desde el Gobierno Nacional, ha pasado desapercibida en el mundo empresarial, los medios de comunicación y la sociedad en general. Lo extraño, es que, salvo en el mundo académico, nadie ha salido a divulgarla o reivindicarla, a pesar de su mayúscula importancia. Para quienes hemos estado involucrados en el tema, esta reforma es música celestial.
Me refiero a una modificación sustancial, vital y absolutamente necesaria para el desarrollo económico de este país, el mejoramiento del desempeño empresarial y la erradicación de ciertas conductas atentatorias de los derechos constitucionales económicos de empresarios y consumidores.
La Constitución Política basa la economía social de mercado en el derecho que tiene cualquier empresario de concurrir al mercado y gozar de él en un ambiente ajeno a prácticas que restrinjan la libre y leal competencia, para que de esa manera pueda garantizarse el mayor bienestar posible a usuarios, consumidores y clientes; un adecuado funcionamiento de los distintos mercados y sectores de la economía; y la eficiencia económica.
Poco o nada se ha dicho entonces de la reforma más importante en materia de libre competencia expedida en la historia reciente de Colombia, que al final de cuentas acabó con la raquítica, óigase bien, raquítica capacidad sancionatoria de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como autoridad de protección de la libre competencia económica, dándole paso a un nuevo modelo sancionatorio que ahora sí, más que nunca, hará pensar muchas y detenidas veces a cualquier empresa nacional o extranjera que en Colombia quiera atentar contra el modelo económico cartelizándose o abusando de su posición de dominio en el mercado.
Antes de esta nueva ley, una empresa podía ser sancionada por la SIC -y así se hizo cada vez que se pudo- con multas de hasta cien mil salarios mínimos legales mensuales (hoy 100 mil millones de pesos), con lo que muchos despistados líderes gremiales, abogados de cartelistas o empresarios inescrupulosos pusieron el grito en el cielo. Pero, como “a quien no quiere caldo se le dan dos tazas”, ahora, con base en la nueva ley (Ley 2195 de 2022), la SIC tendrá una extraordinaria capacidad sancionatoria, la cual le permitirá avanzar vigorosamente en la protección de la libre competencia económica y en la lucha contra la cartelización empresarial y los abusos de posición de dominio en el mercado.
Así las cosas, las empresas, ahora más que nunca, estarán obligadas a eliminar de su comportamiento las prácticas restrictivas de la competencia, prepararse para competir, tener programas de cumplimiento (compliance) al interior de sus compañías y acudir masivamente al instrumento de la delación si están metidos en un cartel empresarial, pues si antes las multas parecían millonarias, ahora podrán ser billonarias.
La lucha contra la cartelización empresarial que como Superintendente de Industria y Comercio me correspondió liderar por varios años fue un juego de niños comparado con lo que hoy, gracias a la nueva y oportuna ley, puede hacerse en bien de consolidar la libre competencia como columna vertebral de la economía social de mercado para el beneficio de todos los colombianos y no de unos pocos. Música celestial.
