Rabo de ají

Prolongar el dolor

Pascual Gaviria
13 de octubre de 2021 - 05:30 a. m.

En marzo de 2018, durante la campaña presidencial, Iván Duque respondió de manera categórica a una pregunta sobre la posibilidad de acudir a un procedimiento de muerte asistida. “¿Si tuviera una enfermedad terminal pediría la eutanasia?”. El NO fue muy rápido, era un interrogante sencillo para el entonces senador, definido por la posición de su partido, sus aliados políticos (entre ellos agrupaciones religiosas) y su convicción personal. Lo siguiente fue una explicación para cubrir las consecuencias de que el jefe del Ejecutivo estuviera en contra de un derecho concedido por la Corte Constitucional. “Pienso que es Dios quien decide sobre la vida, entre otras razones, porque tuve la experiencia personal con mi papá”, dijo el candidato. Y contó la historia del tratamiento a su padre en una condición crítica, cuando los doctores le preguntaron si quería firmar un documento para autorizar que no se realizara una reanimación —ya se habían hecho tres— en caso de que se llegara de nuevo a esa urgencia. “Lo pensé tanto, hasta que finalmente dije no”. Luego de eso su papá tuvo dos semanas de lucidez antes de morir: “Allí pudimos aprovecharlo, disfrutarlo, y después ya se dio su desenlace trágico. Pero no me hubiera sentido bien como ser humano sin esas dos semanas”.

Los políticos suelen pensar que lo que es aceptable para ellos debe ser obligatorio para los demás. En julio de este año el Ministerio de Salud expidió una resolución donde dejó claras las condiciones para adelantar un procedimiento de eutanasia en el país: presencia de una enfermedad terminal, sufrimiento asociado a esa enfermedad, consentimiento informado, capacidad mental del paciente, inexistencia de alternativas razonables de tratamiento. Que un comité certifique la existencia de esas condiciones (con los elementos subjetivos que pueden surgir en el análisis) no es nada fácil. Por eso no se han hecho más de 160 procedimientos desde 1997, cuando se dio la primera sentencia de la Corte Constitucional sobre el tema.

Un reciente fallo de la Corte amplió el derecho para acceder a una muerte digna. El tribunal constitucional consideró que existían barreras “irrazonables y desproporcionadas” por la falta de una regulación legal sobre el derecho. Se decidió entonces retirar la condición de existencia de una “enfermedad en fase terminal” para acceder a la eutanasia; esa exigencia “termina por agravar, de facto, las citadas barreras”, dijo la Corte.

Basado en esa decisión, un comité técnico aprobó el procedimiento de eutanasia a Martha Liria Sepúlveda que debía realizarse el pasado 10 de octubre. En su concepto se cumplían las nuevas condiciones descritas por la Corte en el comunicado que anunció el sentido del fallo. La IPS Incodol, que ha realizado casi una tercera parte de los procedimientos de eutanasia en el país, tenía todo dispuesto para la mañana del 10 de octubre. Llevan diez años en procesos de cuidados paliativos y muerte digna.

Pero apareció el Ministerio y sus recatos políticos. Al parecer no les gustó el reportaje donde Martha decía públicamente que había tomado una decisión y que no estaba dispuesta a continuar una vida con el sufrimiento que causa la esclerosis lateral amiotrófica. Al Ministerio le pareció que la señora estaba muy sonriente para tener un intenso sufrimiento y psíquico y que gozaba de su comida favorita más de la cuenta. Con el poder de sanción sobre las IPS, presionaron de manera directa a Incodol y exigieron un nuevo comité que con la guillotina del castigo cambió el concepto inicial. La política se impuso sobre el fallo de la Corte Constitucional y los conceptos médicos que avalaron la eutanasia. El chantaje contra derechos.

 

William(06077)15 de octubre de 2021 - 08:33 p. m.
En Colombia el único agente autorizado para aplicar la eutanasia aún sin consentimiento del individuo es el estado y el gobierno de turno. Y la aplica de muchas maneras, todas ellas vergonzantes. La decisión individual, aún en el caso de ser aceptada por una alta corte, es susceptible de ser reversada por un concepto subjetivo. Es el ojo del gran hermano, que ordena y manda aún sin tener la razón.
Enrrique(25171)14 de octubre de 2021 - 10:30 p. m.
La IPS DOLODOL , esta prohibida.
diego(83084)14 de octubre de 2021 - 07:49 p. m.
Otra vez la hipocresía campeando en el país del corazón de jesús. Resulta que tienen que defender una vida que su "propietario" ya no quiere tener, pero les importa un pepino los centenares de vidas que se pierden porque el estado, que ellos manejan, no es capaz de proteger. ¡¡¡¡politiqueros miserables!!!!!
JAponte(ntulh)14 de octubre de 2021 - 05:47 p. m.
Eutanacia para el que quiera. El derecho a morir dignamente no debe estar mediado por el criterio y los caprichos de otros. Punto final
Omar(98177)14 de octubre de 2021 - 05:23 p. m.
Cada quien es libre de tomar la decisión d la eutanasia, ningún político, juez o cura desgraciado debe imponer su parecer y menos en un estado d enfermedad irreversible. Q pretenden?En puto país donde conseguir una cita d medic general es una odisea, creen q es fácil conseguir d la Eps un tratamiento?la muerte digna es un derecho.Ese cuento chimbo d q el único día la vida es dios, es pura mierda!!
Ver más comentarios
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar