En plata blanca, lo que ha sucedido con el suspendido alcalde de Medellín puede resumirse en que el notablato antioqueño no pudo revocarle su mandato, luego la Procuraduría lo tumbó valida de una ley de precaria constitucionalidad y en su reemplazo Iván Duque nombró a uno de sus tenientes y amanuenses, el comisionado de Paz, Juan Camilo Restrepo.
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Todo resultó muy mal. Curiosamente los amigos del Gobierno han celebrado la suspensión temporal de Quintero y además defendido la supuesta legalidad de lo que en la historia será recordado como un verdadero raponazo.
La Procuraduría sostiene que la Ley 2094 de 2021 le atribuyó funciones jurisdiccionales para vigilar a quienes desempeñen funciones públicas, incluidos los elegidos popularmente, y sancionarlos con destitución, suspensión e inhabilidad. Era un invento para burlar las objeciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH): un artificio con el que intentaban despistar el pronunciamiento de la Corte en el sentido de que los funcionarios de elección popular solo pueden ser apartados de su cargo por sentencia penal dictada por un juez. La tramoya no sirvió: ni Gobierno ni Procuraduría han cumplido a la CorteIDH.
Así vistan de jueces a los funcionarios de la Procuraduría, estos jamás podrán proferir sentencias penales, que es el requisito exigido en el sistema interamericano para que pueda decretarse la destitución de un funcionario elegido popularmente. Estos seudojuzgadores nunca proferirán sentencias de naturaleza penal porque siempre dictarán fallos fundados en el derecho disciplinario. No podría ser de otra manera, porque las facultades tramposas a la Procuraduría no le fueron otorgadas para adelantar procesos penales, sino solo “investigaciones disciplinarias”.
Pero hay más. Aun suponiendo que la Procuraduría pudiese sancionar a un funcionario de elección popular, esa decisión solo puede ejecutarse cuando cuente con el visto bueno de los jueces. La redacción del inciso pertinente no deja dudas: “Para los servidores públicos de elección popular, la ejecución de la sanción se supeditará a lo que decida la autoridad judicial”. Es decir, la Procuraduría solita no puede destituir, suspender o inhabilitar a un funcionario elegido popularmente, pues siempre requerirá el visto bueno del poder judicial para que opere la sanción que imponga un procurador disfrazado de juez.
Nada de eso ha habido en el episodio del alcalde de Medellín. Seguramente en la Procuraduría dirán que como hasta ahora solamente se decretó una medida provisional de suspensión temporal de Quintero, formalmente no ha sido sancionado ni destituido de su cargo. El efecto es el mismo, denomínese como se denomine. El asunto es de inusitada gravedad y no puede resolverse con leguleyadas. Un juez garantista, respetuoso del debido proceso y el derecho a la defensa, si no puede destituir por sí solo a un funcionario elegido popularmente, tampoco podrá imponerle una suspensión provisional del empleo, que se traduce en una sanción temporal que también requiere de aval judicial para ejecutarse.
Y para acabar de completar el atraco, Duque se toma por asalto la Alcaldía de Medellín, mandando a Restrepo, un antioqueño varias veces derrotado electoralmente en su tierra, partidario y vocero de la más rancia y peligrosa ultraderecha. Estamos ante un truco impresentable.
Si Duque no estuviera enredado en esta conjura de desacreditar tanto a Petro como a Fajardo, se habría preocupado por nombrar en reemplazo de Quintero a una figura antioqueña neutral y sobre todo que no procediese de su entorno en la Casa de Nari. Con ese nombramiento marrullero, corroboró que su verdadero talante es el de “conejero”. En vez de proceder como demócrata, ratificó su talante de dictadorzuelo déspota y arbitrario.
Todos a una, como en Fuenteovejuna. Gobierno y uribismo por lo pronto han cometido el inmenso abuso de sacar con maniobras de feria a Quintero de esa alcaldía que perdieron en las urnas, confiados en que para cuando la justicia decida ya habrá terminado el período del suspendido. La misma receta del mientras-tanto-aprovechemos que aplicaron a la inconstitucional Ley de Garantías. No tienen cura: son los mafiosos de siempre.
Adenda No 1. Claro que hizo bien la Corte Constitucional al reconocer el derecho a morir dignamente.
Adenda No 2. Lo que faltaba. Que el Gobierno pretenda utilizar la situación enrarecida de orden público que no ha querido controlar para ambientar el aplazamiento de las elecciones.