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Criterios para selección de jueces constitucionales

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Rodrigo Uprimny
27 de julio de 2025 - 05:07 a. m.
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Hace dos meses, decenas de profesores de derecho de las más importantes universidades públicas y privadas del país suscribieron un pronunciamiento que señala unos criterios mínimos para la selección de los magistrados de la Corte Constitucional. Dado que la Corte Suprema está en el proceso de elaborar la terna de la cual el Senado elegirá al reemplazo del magistrado Reyes, en esta columna presento los cuatro criterios mínimos propuestos en ese pronunciamiento, aclarando, por transparencia, que soy uno de los firmantes.

Primero, la selección debe buscar la equidad de género, por lo cual deben proteger los avances logrados en los últimos años en la Corte Constitucional que permitieron que, a inicios de este año, hubiera una cierta paridad: cuatro mujeres y cinco hombres. Esto se perdió con la desafortunada designación por el Senado de Héctor Carvajal en reemplazo de Cristina Pardo, a pesar de que en la terna había dos excelentes aspirantes mujeres. La Corte Suprema debería entonces elaborar una terna de sólo mujeres para recuperar la paridad perdida. Y puede hacerlo, porque en la lista también hay varias excelentes aspirantes.

Segundo, el proceso debe asegurar que quien sea seleccionado no sólo cumpla con los requisitos formales mínimos para ejercer la magistratura, como ser colombiano por nacimiento, sino también con lo que podríamos llamar los requisitos materiales para el cargo, como una trayectoria intachable y un conocimiento robusto del derecho y la jurisprudencia constitucionales.

Este criterio debería invalidar la aspiración de Carlos Camargo, quien renunció a su cargo de defensor del Pueblo apenitas a tiempo para aspirar a la Corte, pero se inhabilitó a sí mismo por cuanto nombró, sin concurso de mérito y en ejercicio de su facultad discrecional, a familiares de varios magistrados de la Corte Suprema, como lo mostró La Silla Vacía. Esto viola claramente el sentido del artículo 126 de la Constitución, que prohíbe el “yo te elijo, tú me eliges”. Y es un comportamiento idéntico al que tuvo Ordóñez en su momento y que llevó a la anulación de su reelección por el Consejo de Estado, con base en una demanda presentada por Dejusticia junto con otras organizaciones de la sociedad civil.

Tercero, es trascendental que el proceso proteja la independencia y la autonomía de la Corte Constitucional. La Corte Suprema debe entonces ternar y el Senado elegir a personas que nos brinden la confianza de que cuentan con las dos virtudes cardinales del juez: independencia e imparcialidad, y que por ello ejercerán sus funciones en forma imparcial y sabrán resistir las eventuales interferencias del Gobierno o de las fuerzas políticas. La experiencia de Francisco Barbosa como fiscal General mostró el desastre que es un funcionario judicial que es amigo del Gobierno (como lo fue con Duque) u opositor (como lo fue con Petro). Por eso no deberían sean ternadas ni electas personas de ese talante, pues la tarea de los jueces en general, y de la Corte Constitucional en particular, no es favorecer ni obstaculizar a los gobiernos, sino defender la Constitución y el Estado de derecho.

Cuarto, el proceso debería ser lo más abierto y transparente posible, a fin de permitir que la ciudadanía en general y, sobre todo, la academia, los medios de comunicación y las organizaciones de la sociedad civil, puedan ejercer una vigilancia del proceso que asegure una buena selección.

Ojalá estos criterios sirvan para que la Corte Suprema y el Senado acierten en su trascendental tarea.

Adenda. Los columnistas no tenemos ningún deber de imparcialidad, pues somos opinadores. Pero, por lealtad con los lectores, debemos revelar nuestros posibles conflictos de interés. El pasado domingo, el columnista Carlos Enrique Moreno tenía todo el derecho a irse lanza en ristre en contra de una posible condena a Álvaro Uribe, pero es lamentable que no aclarara que es cuñado del expresidente.

* Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

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Edgar Salamanca(40706)28 de julio de 2025 - 04:49 p. m.
Lo comparto totalmente.
Hugo Guerrero(14000)28 de julio de 2025 - 02:18 a. m.
Hay algunos criterios ideales en la columna ,pero dejan interrogantes ,´¿quiénes deciden que los candidatos son independientes del gobierno o de sus pretensiones e idóneos y cómo?¿ porqué discriminar por genero a más de la mitad de los aspirantes? Dado el discurrir de sociedad infortunadamente serían muchos más los competentes excluidos que tampoco han tenido la oportunidad de llegar por otro tipo de discriminación. Y caben otras observaciones.
Rodrigo E Ordonez(2908)28 de julio de 2025 - 01:13 a. m.
La desgracia colombiana, es que sea el senado quien los elija. Ahí ya toda objetividad está perdida. Es un proceso politiquero y de una carga de intereses mórbida. Asi, no importa que recomendaciones se hagan. Ellos elegirán al que les convenga., Muy triste.
alexandrs Navarrete(m841l)28 de julio de 2025 - 12:34 a. m.
En un país ideal los magistrados de las altas cortes serían personas intachables, pero ... Estamos en la Polombia del Ducales, en la cual existe el cartel de la toga, y los "dignísimos " jueces se venden al mejor postor. Y más en este momento en el que han demostrado que prima su ideología política de (ultraderecha).
Mario Giraldo(196)27 de julio de 2025 - 11:23 p. m.
Por que no dejar que la academia terne a los candidatos y que el pais los elija como elegimos senadores y congresistas. Es hora de ponerle fin a ese asunto de que se auto eligen entre ellos y luego le quedan debiendo el puesto a los jefes de los partidos en el congreso
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