Debido a la insistencia de Petro en su constituyente y aún a riesgo de repetirme, retomo planteamientos que he hecho sobre el tema tanto en este diario como en una reciente conferencia en la Universidad de Antioquia. Recordando el clásico western de Sergio Leone, muestro lo bueno, lo malo y lo feo de esta propuesta, que es presidencial, pues surge de un proyecto del Gobierno, a pesar de que sea presentada como una iniciativa ciudadana.
Lo bueno es que el Gobierno abandonó sus ideas locas de convocar una constituyente por fuera del procedimiento establecido por la Constitución; por ejemplo, por un decretazo, como lo propuso alguna vez Montealegre. El proyecto propone una ley que define la competencia, composición y periodo de la asamblea, que deberá ser aprobada por el Congreso y controlada por la Corte, antes de ser sometida a votación de la ciudadanía, que es lo ordenado por el artículo 376 de la Constitución.
Esta opción, de avanzar por la vía institucional, es positiva, aunque incluso en este aspecto el proyecto tiene puntos problemáticos. En particular, prevé que 25 % de los constituyentes vengan de circunscripciones especiales (indígena, campesina y afro), pero no precisa como será su elección: simplemente señala que se hará mediante listas “presentadas por los respectivos grupos poblacionales, conforme a su autonomía organizativa y a la reglamentación que se expida” (subrayado mío). ¿Quién hará esa reglamentación? No lo dice, pero, por el espíritu presidencialista del proyecto, creo que sus promotores entienden que debe ser el presidente; sin embargo, esto no sólo es inconveniente sino inconstitucional. Estos temas electorales tienen que ser regulados por la ley. Existe entonces un vacío enorme sobre cómo sería en concreto la elección de los constituyentes.
Lo malo es que este proyecto sufre de tres íes: es improvisado, innecesario e inconveniente. Es improvisado e innecesario porque sus promotores nunca han sustentado sólidamente para qué recurrir a este mecanismo extraordinario. Petro ha dicho, por ejemplo, que es para enfrentar el cambio climático, pero, como lo mostré, nuestro marco constitucional es muy robusto en este aspecto. Y lo mismo se puede decir de las otras justificaciones presentadas: la implementación del Acuerdo de Paz, la reforma agraria o el mejoramiento de la salud, la educación y la calidad de vida de los grupos desfavorecidos, no requieren ni siquiera de una reforma constitucional; menos aún necesitan de una constituyente. El avance en estos temas precisa es de unas pocas leyes y, sobre todo, de buenas políticas públicas.
La tesis del bloqueo institucional tampoco es convincente porque el Congreso, que también fue electo popularmente, no está obligado a aprobar todo lo que le presente el Gobierno. En todo caso, si existiera ese bloqueo, ¿por qué la constituyente lo superaría? ¿Será acaso para darle poderes dictatoriales de legislación al Gobierno, como lo indica una parte del proyecto, en el que se habla de otorgarle al presidente una “cláusula residual de competencia legislativa”?
No debemos sacralizar la Constitución de 1991 ni demonizar la posibilidad de una constituyente: en una reciente conversación con Juan David Correa desarrollé la tesis de que una constituyente, con competencia limitada y fruto de acuerdos políticos previos, puede ser un buen instrumento para enfrentar problemas específicos que requieren reforma constitucional y que el Congreso no ha logrado abordar, como el ordenamiento territorial o la posibilidad de un régimen parlamentario. Pero una constituyente abierta, como la planteada por Petro, es inconveniente y riesgosa. Y aquí viene lo feo: este proyecto posibilita un cambio total de Constitución en tres meses. Y, en este ambiente polarizado, podemos perder los importantes avances democráticos y en derechos de la Constitución de 1991 que, sin ser perfecta, es un marco jurídico en que la gran mayoría de los colombianos, a pesar de nuestras divisiones, aún nos reconocemos.
* Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.