El Decreto 0960 de 2025 (sobre gestión comunitaria del agua en Colombia) fue firmado, en septiembre, por el presidente, Gustavo Petro, y la ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Helga Rivas. El trabajo detrás del decreto fue cansado e iterativo. Las comunidades organizadas lograron (¡por fin!) que durante el actual Gobierno nacional se articularan sus demandas con una agenda ambientalista orientada a ordenar el territorio alrededor del agua. La Mesa de la Gestión Comunitaria del Agua, vigente desde 2019, reunió al Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico con las plataformas nacionales de gestión comunitaria (la Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia y la Confederación Nacional de Organizaciones Comunitarias de Servicios de Agua y Saneamiento de Colombia). Mediante reuniones repetidas, talleres, encuestas, mesas técnicas y conversaciones con la institucionalidad del sector y la academia, la Mesa llegó a acuerdos puntuales. Estos conforman hoy un marco jurídico que por primera vez reconoce a los gestores comunitarios del agua y el saneamiento básico como sujetos de la economía popular y comunitaria.
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El mentado decreto da así un respiro a los más de 33.000 acueductos comunitarios identificados en el territorio nacional. Es decir, dignifica la labor de tantos y tantas en la primera línea del cuidado de las aguas y las vidas cotidianas de miles de familias, prometiendo reparar una histórica falta de reconocimiento. Establece un marco normativo que fortalece la gestión comunitaria como un modelo legítimo para garantizar el derecho humano al agua. Reconoce al agua como bien común, la autonomía comunitaria y el trato diferencial a acueductos comunitarios y empresas prestadoras del servicio. En esa línea, el decreto amplía y ordena los espacios institucionales para que las comunidades organizadas no sean únicamente usuarias del servicio, sino actores con capacidad real de incidir en decisiones públicas. Da la bienvenida a la institucionalización de la Mesa de Gestión Comunitaria del Agua y el Saneamiento Básico como espacio nacional de diálogo y concertación donde redes, asociaciones y otras formas organizativas comunitarias se puedan encontrar con entidades estatales para incidir en el diseño, la implementación, ejecución y evaluación de planes, programas y políticas de agua.
El decreto define la figura de “gestores comunitarios” como “comunidades organizadas sin ánimo de lucro que realizan acciones necesarias para abastecer agua para consumo humano y usos domésticos en zonas urbanas o rurales, así como para gestionar el saneamiento básico, reconociendo la diversidad de formas organizativas presentes en el país”. Aclara también las diferencias entre “gestores que prestan servicios públicos domiciliarios” y gestores que “administran sistemas de aprovisionamiento”. Estos últimos son los que gestionan la fuente del agua (nacimientos, quebradas, pozos, lluvia), las obras y los equipos con que esta se recoge y se transporta (mangueras, tuberías, tanques), su tratamiento y distribución. Los acueductos recibirán (¡por fin!) un trato fiscal más justo, pues el decreto establece que no son contribuyentes del impuesto sobre la renta; reduce barreras administrativas para el acceso al agua en caudales pequeños y flexibiliza requisitos y plantea una regulación diferencial (a la que rige para las empresas). Por último, abre la puerta a subsidios comunitarios, convenios solidarios y mecanismos de apoyo para fortalecer la infraestructura y asegurar la sostenibilidad de la gestión comunitaria.
Tanta maravilla requiere, sin embargo, un hervor más. En palabras de la Red Nacional de Acueductos Comunitarios, “nuestro reto es darle materialidad a esta política exigiendo su aplicación y trabajando en la reglamentación que implica”. Para esto, impulsan hoy el proyecto de ley 572/2025 o Ley Propia de Acueductos Comunitarios. El proyecto, que ya ha pasado tres debates, dos en Senado y uno en Cámara, necesita un último debate en la Cámara para ser aprobado.
“Desde Arauca, sabemos que ya es momento de reconocer el trabajo de las comunidades que gestionan el agua. El agendamiento del Proyecto de Ley 572 es urgente”, afirma Emcusay (Asociación Prestadora Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Puerto Jordán). Como ellos, presiento que la ventana de posibilidad se va cerrando con el posible regreso de los presidentes de siempre. El agendamiento del Proyecto de Ley 572 es urgente.