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Indulto a integrantes de la primera línea

Yesid Reyes Alvarado

01 de noviembre de 2022 - 12:30 a. m.

Algunos de los anuncios que el presidente Petro ha hecho sobre lo que planea llevar a cabo durante su gobierno generan expectativas positivas, como los relacionados con su empeño en la búsqueda de la paz total. Las dudas comienzan a aflorar a medida que se van conociendo las propuestas concretas de quienes se encargan de desarrollar esos proyectos, como puede verse en el debate sobre si con las bandas criminales habrá un proceso de negociación o uno de sometimiento, o el que versa sobre la inconveniencia de abrir un nuevo espacio de diálogo con quienes incumplieron los acuerdos de La Habana.

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Algo similar sucede con los integrantes de la denominada primera línea: la idea de otorgarles beneficios jurídicos no es en sí misma reprobable, siempre que se haga respetando las normas y los principios constitucionales. La sugerencia de concederles indultos fue tan precipitada, imprecisa y carente de fundamento que condujo a su hundimiento en el Congreso, no sin que antes el ministro del Interior anunciara que la volverá a presentar.

Cuando eso ocurra, convendría que hubiera más claridad sobre si lo que se busca es una amnistía o unos indultos porque, en estricto sentido, se trata de dos figuras distintas. Mientras aquella borra el carácter delictivo de las acciones sobre las que recae y debe ser concedida por el Congreso, estos solo prescinden de la aplicación de la sanción, pero no eliminan ni la responsabilidad penal ni la naturaleza criminal del comportamiento y pueden ser otorgados por el Gobierno. En puridad de términos, el indulto parte de un reconocimiento previo de la existencia de una responsabilidad penal que, en este caso concreto, los promotores de ese beneficio niegan al asegurar que se trata de personas que permanecen injustamente privadas de la libertad.

Otro aspecto que debe tenerse en cuenta es que tanto la amnistía como los indultos solo están previstos en nuestra Constitución para los delitos políticos y los comunes que puedan ser considerados como conexos con aquellos. Aun cuando no conozco en detalle las razones por las que los integrantes de la denominada primera línea se encuentran detenidos, no resultaría descabellado pensar que cuando menos algunos de ellos pudieron haber incurrido en una asonada al exigir tumultuariamente a las autoridades la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones. Si ese fuera el caso, la Fiscalía podría adicionar ese nuevo cargo a las imputaciones que hasta ahora ha hecho contra esas personas para que, en caso de ser condenadas, lo fueran también por ese delito político, pues su reconocimiento judicial sería lo que les abriría las puertas a un eventual indulto que no solo comprendería la asonada, sino también todas las conductas punibles que pudieran ser calificadas como conexas con aquella.

Lo que debe quedar claro es que, aun si una salida como esta fuera posible, resulta indispensable contar con el aval de los fiscales encargados de los procesos, salvo que se quiera utilizar al Congreso para darles el carácter de delito político a conductas que carecen de esa condición, lo cual difícilmente contaría con el respaldo de la Corte Constitucional.

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