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La aprehensión de Maduro

Yesid Reyes Alvarado

13 de enero de 2026 - 12:05 a. m.

De la aprehensión de Maduro se ha dicho que supone una indebida injerencia en los asuntos internos de Venezuela, que atenta contra el derecho a la libre autodeterminación de sus pobladores y que quebranta el derecho internacional, todo lo cual es cierto. Menos referencias ha habido a otros aspectos que son igualmente veraces, como que el triunfo de Maduro en las últimas elecciones fue producto de un fraude, que como cabeza de ese régimen ha desconocido abiertamente la libertad de información mediante la clausura de todos aquellos medios que eran críticos de su gobierno, que ha perseguido a la oposición encarcelando a muchos de sus contradictores políticos por el solo hecho de serlo, que ha afectado indebidamente la propiedad privada mediante cuestionables actos de expropiación, y que ha empujado a millones de personas a abandonar el país como resultado de sus políticas represivas.

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La violación de las reglas de convivencia (incluidas las que suponen graves ataques a derechos fundamentales) no es infrecuente; por el contrario, la existencia de leyes que las castigan y de tribunales encargados de su aplicación muestran que todas las sociedades cuentan con que ese tipo de conductas sean desplegadas ocasionalmente por algunos de sus integrantes. La confianza que la población tenga respecto de las normas expedidas para amparar sus derechos individuales y colectivos depende de que existan mecanismos que estén en capacidad de sancionar a quien las desconoce. Cuanto más aumenta la percepción de que esas infracciones no acarrean consecuencias, mayor es la tendencia que se tiene a incurrir en ellas a costa de los derechos de los gobernados. Por eso, no es de extrañar que en los últimos años veamos con cada vez más frecuencia gobernantes que en diversos lugares del mundo han coartado la libertad de opinión, desplazado poblaciones, encarcelado y torturado enemigos del régimen e, incluso, asesinado a quienes consideran como tales.

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Es innegable que los instrumentos de los que disponen organismos como la ONU han mostrado ser insuficientes para refrenar esos desmanes, no solo por el poder de veto que algunos países tienen en el Consejo de Seguridad como forma de resguardar sus intereses y los de sus ocasionales aliados, sino porque también ayudan a evadir las sanciones económicas que se les llega a imponer. No cabe duda de que deben diseñarse nuevas organizaciones, dotadas de herramientas idóneas para enfrenar eficientemente abusos de poder como los mencionados.

Pero mientras eso ocurre, debe admitirse el uso controlado de la fuerza como un mecanismo excepcional para proteger a los ciudadanos frente a regímenes que vulneran sus derechos reiterada y sistemáticamente. Como ocurre en las legislaciones nacionales con figuras como la legítima defensa de terceros, lo importante es que la reacción se produzca frente a evidentes violaciones actuales de garantías fundamentales de una población, ante la comprobada inexistencia de una solución institucional eficiente, y que sea ejercida de manera limitada en cuanto a su duración y magnitud, en el sentido de causar el menor daño posible en relación con los derechos que se pretende preservar.

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