Cuando se envía a una persona a prisión domiciliaria, es frecuente escuchar quejas en el sentido de que estará recluida en un lujoso y amplio apartamento. Similares críticas se formulan frente a quienes, en presidio, disponen de alguna comodidad como acceso a un televisor o tienen la opción de comprar comida en los caspetes que habilita el centro penitenciario, distinta de la que se suele suministrar a los reclusos.
Esos reproches son infundados por dos razones: la primera, porque la pena de prisión consiste en la afectación del derecho a la libertad, no en desmejorar otras condiciones de vida del sentenciado; la segunda, porque...
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