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La inseguridad, que ha vuelto a posicionarse entre las principales inquietudes cotidianas de los colombianos, tiene dos grandes manifestaciones: una, proveniente de los grupos armados organizados que ejercen un fuerte control en algunos sectores del territorio nacional; y otra, que podríamos denominar delincuencia ordinaria, que se concentra en zonas urbanas. Aunque suelen ser fácilmente diferenciables, no siempre son independientes como lo han puesto de presente algunos casos recientes de paseos millonarios.
Una de las preocupaciones actuales en Bogotá tiene que ver con el número de personas que, habiendo sido capturadas o estando ya detenidas, recuperan su libertad, porque dejan la sensación de que permiten que los criminales puedan seguir cometiendo sus fechorías en perjuicio de los demás ciudadanos. Aunque existe la tendencia a reaccionar rápidamente culpando de esa situación a la policía, los fiscales, los jueces, el alcalde, el sistema penitenciario y las leyes existentes, todo lo cual genera un fácil consenso derivado básicamente de la vaguedad de la respuesta, lo conveniente es examinar primero cuáles son las causas de esas determinaciones judiciales, para identificar si hay un problema en la legislación vigente, si los protocolos que debe seguir la policía no son claros o no se conocen lo suficiente, si los fiscales requieren ajustar sus procedimientos para evitar ese tipo de decisiones, si los jueces no están interpretando correctamente algunas normas o sentencias de las altas Cortes, o si lo que realmente se necesita es una reforma a la legislación.
En esa línea, el ministro de Justicia ha anunciado que se estudiarán los casos para identificar las razones por las que se otorgan esas libertades y el alcalde Galán está impulsando mesas de trabajo que, con la participación de los distintos actores involucrados en estos procedimientos y el acompañamiento de la academia, puedan llegar a consensos sobre correctivos concretos susceptibles de introducirse a corto, mediano y largo plazo para garantizar que los propósitos de medidas de aseguramiento como la detención preventiva se acaten, y que quienes resulten responsables reciban la sanción correspondiente y la cumplan.
Un tema que el nuevo Congreso podría revisar es el manejo penal de las organizaciones criminales. No solo para tratarlas de manera diferencial dependiendo de su naturaleza (no es lo mismo una banda paramilitar que unos funcionarios corruptos), sino para resolver un problema que es objeto de discusión teórica, pero con profundas implicaciones prácticas. ¿Los integrantes de esas agrupaciones deben responder por los delitos del grupo solo cuando tomen parte directamente en ellos? ¿O deberían hacerlo por todos los crímenes que sus compañeros de asociación ilícita perpetren? Volviendo al asunto de los paseos millonarios: ¿por el secuestro o desaparición forzada, el robo, las lesiones, la tortura y hasta la muerte, solo deben ser castigados quienes materialmente intervinieron en ellos, o esa pena debería alcanzar a los que en su condición de jefes no se involucran directamente y se limitan a reemplazar a aquellos compinches que caen en manos de las autoridades?
