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Compartir no es un delito

Catalina Ruiz-Navarro
17 de julio de 2014 - 04:19 a. m.

Diego Gómez es un biólogo de 26 años que estudió en la Universidad del Quindío y que actualmente estudia una maestría en conservación y manejo de vida silvestre en Costa Rica.

Desde la provincia, Gómez se enfrentó a todas las barreras de acceso al conocimiento que tienen las universidades pequeñas, sin bibliotecas suficientemente grandes ni acceso a bases de datos especializadas. Gómez, como muchos, encontró en internet un espacio para leer y compartir información relevante para sus investigaciones y las de otros biólogos.

En un grupo de Facebook dio con la tesis de maestría del investigador Andrés Acosta, biólogo de la Javeriana, magíster de la Universidad Nacional, y la subió a Scribd, uno de los repositorios de textos más grandes y visitados del mundo (recomendado), para aumentar su impacto. A la tesis de Acosta se puede acceder de manera gratuita y libre si alguien va a la biblioteca de la universidad. Además, la tesis ya circulaba en internet y, por supuesto, al compartirla, Gómez no se atribuyó su autoría, manteniendo intacto el crédito del autor. Sin embargo, hoy Gómez enfrenta un proceso penal en su contra (iniciado por Acosta) por “violación de derechos patrimoniales de autor y derechos conexos”, que se castiga con entre cuatro y ocho años de cárcel (más que por violación, contrabando o trata de personas).

Aunque Gómez no se lucró en ningún momento por compartir la tesis, la ley colombiana está del lado de Acosta. El artículo 271 del Código Penal considera una violación a los derechos patrimoniales de autor reproducir, distribuir, suministrar y ofrecer una obra sin el permiso del autor o titular de derechos. Las normas de derecho de autor no contemplan una excepción para la divulgación académica o científica sin ánimo de lucro. Ni siquiera hay una excepción para las bibliotecas, que tampoco pueden prestar libros sin autorización del autor o titular. Gracias al constreñido marco jurídico de derechos de autor, los usos sin ánimo de lucro, con fines académicos, no están expresamente fuera de consideraciones de delitos, y por eso las bibliotecas (al igual que Gómez) podrían ser denunciadas por compartir información.

Antes de internet, el estudiante que hacía la mejor tarea era el que tenía la mejor enciclopedia. Las diferentes condiciones materiales para el acceso a la información han abierto, durante siglos, una brecha que hace que el acceso al conocimiento sea elitista y desigual. Una de las maravillas de internet es la cultura abierta, que permite un acceso al conocimiento que no está determinado por la clase social o el poder adquisitivo, sino por la curiosidad de cada uno y sus habilidades para buscar.

La inversión paupérrima que hace el Estado colombiano en investigación y ciencia debe ser motivo de vergüenza nacional. El uso de internet para la divulgación de conocimiento y la discusión académica es una manera fácil, barata, y efectiva para que investigadores y sociedad civil hagan avances culturales, académicos y científicos, y para que todo el país sea más competitivo. Uno creería que lo que más quiere un investigador especializado es que sus hallazgos sean conocidos y reconocidos y ayuden a otros a avanzar un peldaño en el camino del conocimiento. Sin embargo, nos encontramos con investigadores egoístas y leyes anacrónicas que sólo entorpecen los avances colectivos de la sociedad. Absurdo y mezquindad: por eso no tenemos cosas bonitas.

 

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