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Aguafiestas de la dosis mínima

EN LA SEMANA QUE TERMINA FUE aprobada la polémica reforma constitucional para prohibir la dosis personal, luego de una votación mayoritaria en la plenaria del Senado.

El Espectador

12 de diciembre de 2009 - 06:59 p. m.
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El Gobierno y los congresistas ponentes en el Senado y la Cámara no han sido tímidos en proclamar esta victoria como un logro “histórico” que culmina los esfuerzos de casi ocho años por cambiar la política del Estado frente al consumo de drogas. Una mirada menos emotiva, sin embargo, indica que la prohibición de la dosis no revierte la despenalización propuesta por los magistrados constitucionalistas en 1994, tiene contribuciones dudosas en el tema de salud pública y es absolutamente inocua para luchar contra el tráfico de pequeñas cantidades de droga.

La prohibición de la dosis personal no criminaliza a los consumidores de droga, anhelo inicial del presidente Uribe y los proyectos de reforma constitucional que uno a uno fueron rechazados en el Congreso. En plata blanca, la enmienda aprobada se limita a prohibir el consumo y porte de la dosis mínima. Quiere ello decir que no habrá cárcel, como no la había antes, para quienes pasen por alto la contravención. Entonces, como lo anotó en una atinada columna de opinión el historiador Jorge Orlando Melo, este cambio a la Constitución no constituye más que un “puro saludo a la bandera”, pues deja en pie los límites que tienen las autoridades para castigar a los ciudadanos que elijan consumir drogas.

En el plano de la salud, que es el caballito de batalla en el que se escudaron los promulgadores de la prohibición, se dice en el texto de la enmienda aprobada que quienes consumen drogas ilegales serán tratados por el Estado como enfermos. No hay ninguna referencia a la obvia diferenciación que hacen quienes se ocupan seriamente del problema de la drogadicción como un tema de salud pública, entre adicto y consumidor esporádico. Es más, el adicto que no desee la paternalista atención que el Gobierno le ofrece no podrá ser obligado a recibirla. Y lo que es peor, el ministro de la Protección Social, Diego Palacio, no sólo le cedió el liderazgo de una reforma presuntamente interesada en la salud de los colombianos al ministro encargado de la justicia, sino que ha sido el primero en recalcar que “sólo dos de cada 10 personas tratadas en cualquier sitio del mundo, logran algún tipo de recuperación”.

Por lo demás, celebrar la prohibición de la dosis mínima como una medida que ayudará a las autoridades a luchar contra el tráfico de pequeñas cantidades de sustancias ilícitas es, en el mejor de los casos, publicidad engañosa. De las 118 palabras incluidas en esta reforma al artículo 49 de la Constitución, ninguna se refiere al tráfico de sustancias ilícitas. Más allá de cómo sea reglamentada la ley que, según la reforma, “establecerá medidas y tratamientos de orden pedagógico, profiláctico y terapéutico”, es impensable que de este lenguaje se establezcan mecanismos para legislar en materia de seguridad pública para dotar a las autoridades de mecanismos para luchar contra las ollas o los jíbaros. Debemos decir, sin ningún ánimo de celebración, que con la prohibición de la dosis mínima los traficantes de drogas no tienen ningún motivo de preocupación.

Faltan razones para entender por qué el Gobierno y algunos congresistas celebran su victoria política como un triunfo para el país. No es cierto que la modificación de la Constitución vaya a servir para castigar al consumidor o perseguir al traficante, y es dudoso aun, según los mismos funcionarios del Gobierno, cuán útil pueda ser para ayudar a los adictos. Más bien, tristemente y siendo realistas, la nueva ley puede terminar en el abuso policial y la corrupción en las calles, mientras los políticos siguen celebrando con grandilocuencia.

Por El Espectador

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