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La crisis de La Guajira no se puede solucionar saltándose los canales institucionales. Aunque las intenciones del Gobierno de Gustavo Petro estaban en el lugar adecuado al declarar la emergencia económica, social y ecológica, desde el principio había una discusión jurídica sobre si la Constitución permitía utilizar esa figura extraordinaria para enfrentar un problema que viene de vieja data. En la decisión que anunció esta semana, la Corte Constitucional —que ha liderado los reclamos para que se tome en serio la situación en La Guajira— adoptó una postura salomónica: tumba la declaratoria, pero deja algunos de sus efectos con vigencia a un año, mientras el Congreso y el Gobierno trabajan en soluciones de fondo. ¿Podrá la administración Petro llegar a un acuerdo amplio que aborde los motivos estructurales de la crisis?
El argumento del Gobierno era que La Guajira, enfrentada a un fenómeno de El Niño particularmente lesivo, está en una crisis que necesita acciones urgentes. Es difícil no compartir ese diagnóstico. Desde la Sentencia T-302 de 2017, la propia Corte Constitucional decretó un estado de cosas inconstitucional en La Guajira, por el abandono estatal y la corrupción, que han llevado a que ese departamento tenga una falla institucional severa. Los gobiernos no le han prestado la atención que necesita. Entre los alcaldes y gobernadores suspendidos o destituidos y varios gobiernos centrales que dieron discursos rimbombantes para quedarse cortos en la acción, hoy los pobladores de La Guajira tienen un pésimo sistema de salud, poca disponibilidad de agua potable y una situación humanitaria crítica. Lo que no podemos olvidar, en medio de estas noticias, es que esa realidad continúa y necesita ser atendida.
¿Por qué, entonces, la Corte tumba el decreto de emergencia? Porque las medidas extraordinarias, que permiten al Ejecutivo suplantar las funciones del Legislativo, están pensadas para hechos sobrevinientes y deben tener efectos bien delimitados. De lo contrario, estaríamos subvirtiendo la democracia, alterando el sistema de pesos y contrapesos, y abandonando la manera en que estructuramos nuestro Estado. Lo dijo hace un par de meses el jurista Rodrigo Uprimny, quien para El Espectador escribió: “Es posible que sean necesarias medidas legislativas extraordinarias para garantizar la adquisición y el suministro de bienes y servicios de salud en el departamento, pero (el estado de emergencia) no es el instrumento para la reorganización de toda la estructura y el funcionamiento del sistema de salud en La Guajira, ya que los estados de excepción no son para las reformas estructurales”.
Palabras más, palabras menos, esa es la conclusión a la que llega la Corte. Sin embargo, el tribunal dejó con efectos las medidas relacionadas con el suministro de agua, para evitar más tragedias, e invitó “al Gobierno Nacional y al Congreso de la República para que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales ordinarias, adopten las medidas necesarias para superar la grave crisis humanitaria estructural que existe en el departamento de La Guajira”. El reto, insistimos, es que Gobierno y Congreso respondan al llamado. No podemos perder más tiempo.
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